Qué pasa con el bono de $70.000 para jubilados de ANSES en octubre 2025

ANSES confirmó que el bono extraordinario para jubilados y pensionados seguirá vigente en octubre y se pagará de forma automática junto con el haber mensual, con refuerzo proporcional para quienes no alcancen el piso de ingresos.

16 de septiembre, 2025 | 18.06

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en octubre los jubilados y pensionados recibirán un aumento del 1,9% en sus haberes, en línea con la inflación de agosto. Pero la gran pregunta que muchos se hacen es: ¿qué pasa con el bono de $70.000?

ANSES ratificó que los jubilados y pensionados seguirán cobrando el bono extraordinario de $70.000, que se paga junto con el haber mensual en la fecha habitual según la terminación del DNI. No es necesario hacer ningún trámite para recibirlo.

Cuánto paga la ANSES a jubilados.

El objetivo de este refuerzo es garantizar un piso mínimo de ingresos, de modo que los beneficiarios más vulnerables no queden por debajo de los aumentos de precios. Para quienes cobren la jubilación mínima, el bono eleva el ingreso total a $396.298,38.

Jubilados y pensionados: bono proporcional para quienes cobren más que la mínima

Los jubilados que perciban un haber superior a la mínima pero que no alcancen el piso garantizado también recibirán un proporcional del bono. Por ejemplo, un jubilado con un haber de $346.000 recibirá un extra de alrededor de $50.000 para llegar al ingreso mínimo definido por ANSES. En cambio, los jubilados que cobren el haber máximo no acceden al bono, ya que superan el umbral establecido.

Un dato importante es que el valor del bono se mantiene en $70.000 desde hace más de un año y no se ajusta automáticamente por inflación. Tampoco fue modificado por la última ley aprobada en el Congreso, ya que el presidente Javier Milei vetó esa iniciativa.

Cuánto cobran los jubilados.

Jubilaciones, pensiones y AUH: cuánto aumentarán en octubre

  • Jubilación mínima: $ 320.277,17 a $ 326.363,44
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor: $ 256.221,70 a $ 261.090,91
  • Pensión no Contributiva por Invalidez y Vejez: $ 224.194,02 a $ 228.454,72
  • Pensión Madre de 7 hijos: $ 320.277,17 a $ 326.363,44
  • AUH: $ 115.088 a $ 117.279,17
  • AUH por Hijo con Discapacidad: $ 374.745 a $ 381.868,16
  • Asignación Familiar por Hijo: $ 57.549 a $ 58.642,43
  • Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad: $ 187.379 a $ 190.939,20

AUH y Asignación por discapacidad: cuánto es en octubre

Respecto al resto de los programas sociales no contributivos, la Asignación Universal por Hijo (AUH) será en octubre de $ 117.279,17 por hijo, mientras que la AUH con Discapacidad ascenderá a $ 381.868,16, siempre considerando el valor completo del beneficio.

¿Qué se necesita para iniciar los trámites de jubilación?

Quienes deseen acceder al derecho a una jubilación, deben iniciar un trámite en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que no solo tiene ciertos requisitos sino también un tiempo estimado de tardanza entre paso y paso. Al momento de decidir iniciar el proceso, la persona tiene que cumplir con ciertas condiciones de edad, años trabajados y aportes al sistema jubilatorio. 

Para comenzar, es fundamental cumplir con ciertos requisitos. Esto implica alcanzar la edad correspondiente para jubilarse, que es de 60 años para mujeres y 65 para hombres, además de contar con al menos 30 años de contribuciones al sistema.

Sin embargo, estos requisitos pueden variar dependiendo del tipo de ocupación desempeñada. Aquellos que hayan trabajado en actividades especiales podrían optar por una jubilación diferencial, en la cual los requisitos y el proceso de solicitud difieren según la actividad laboral.

Para iniciar el proceso de solicitud de jubilación, es esencial disponer del documento nacional de identidad en su forma original. En situaciones donde existan aportes no registrados, el trabajador deberá presentar documentación adicional junto con una declaración jurada que certifique los servicios prestados. Esto puede incluir certificados de servicios, recibos de sueldo y/o comprobantes de afiliación a la obra social.

Para los aportes que están debidamente registrados, es necesario solicitar el reconocimiento de servicios mediante una resolución emitida por ANSES. Esta resolución reconoce los aportes jubilatorios registrados a nivel nacional.

Es importante destacar que este trámite es personal y no tiene costo alguno, por lo que no se requiere la intervención de gestores o intermediarios para llevarlo a cabo.