Mientras Ariel "Guille" Cantero acumula un total de 139 años de cárcel por crímenes relacionados con narcotráfico, amenazas, homicidios, asociación ilícita y balaceras, el líder de la banda criminal rosarina "Los Monos" enfrentará nuevas consecuencias por sus acciones. El Juzgado Federal de Campana dictaminó que deberá pagar por haber incendiado un colchón en el penal de Marcos Paz, añadiendo otro cargo a su larga lista de hechos delictivos.
Si bien el recluso debería pasará el resto de su vida en prisión, el límite máximo establecido por el Código Penal es de 50 años. Como estará alojado en la cárcel por un largo tiempo, Cantero se entretiene presentando diversos pedidos y causando daños dentro del Complejo Penitenciario Federal II.
El juez Adrián González Charvay le aplicó el mecanismo de reparación integral del daño a “Guille”, quien acumula múltiples condenas por distintos delitos. La decisión del magistrado pone fin a la acción penal por el incendio de un colchón en el pabellón donde Cantero estaba alojado: la quema ocurrió en el Salón de Usos Múltiples del Pabellón VII el 8 de junio de 2021 y generó daños valuados en $4.800 de esa época.
Por este hecho, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°3 de Morón lo procesó por el delito de daños, previsto en los artículos 45 y 183 del Código Penal. El expediente transitó varias instancias judiciales y, tras una compensación de causas, llegó al Juzgado Federal de Campana.
Durante el proceso, la defensa de Cantero, representada por la Defensora Pública Oficial ante el tribunal, ofreció en marzo de 2022 abonar la suma original de los daños con cargo al peculio del interno, es decir, el dinero que el detenido tiene depositado en la administración penitenciaria. Sin embargo, la Dirección de Auditoría General del Servicio Penitenciario Federal rechazó esa propuesta, lo que llevó a la continuación del trámite judicial.
Ahora, la defensa presentó una nueva oferta: $130.000 a descontar de manera inmediata del peculio de Cantero, con el objetivo de extinguir la acción penal. La fiscal federal interviniente consideró procedente la reparación integral como alternativa válida para resolver el conflicto.
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Y señaló que “en este caso resulta procedente la reparación integral (...) como forma alternativa de resolución del conflicto”. Asimismo, ponderó que la ley penal lo “prevé”, ya que, de lo contrario, “debería afrontar un juicio oral con la posibilidad de que se le imponga una pena, lo cual resulta ventajoso para la práctica judicial, dado que permite descongestionar la administración de justicia”.
La Dirección Judicial del Servicio Penitenciario Federal también aceptó la propuesta, manifestando su conformidad con el monto ofrecido. El juez federal de Campana fundamentó su decisión en la lógica de la justicia restaurativa, que busca recomponer el daño causado y restablecer la armonía social.
El magistrado remarcó que “se extinguirá la acción penal, sin más, en todo caso penal en el cual, cualquiera que sea el delito, haya reparado integralmente el perjuicio porque esta regulación de la ley penal es clarísima y no admite dudas ni limitaciones”. En su análisis, el juez ponderó el tiempo transcurrido desde el hecho, la naturaleza del delito, el dispendio de recursos públicos que implicaría un juicio oral y las condiciones personales de Cantero.
Charvay consideró que la finalidad de prevención general y especial de la pena se satisface mejor con el resarcimiento económico que con una nueva condena privativa de la libertad, que en este contexto resultaría meramente simbólica. La resolución ordena descontar de inmediato el monto del peculio de Cantero en favor de la Tesorería General de la Nación, debiendo la defensa presentar los comprobantes correspondientes ante el tribunal.
Revés judicial para los líderes de Los Monos: no podrán usar el teléfono en la cárcel
"Guille" Cantero y su sobrino, Uriel Luciano “Lucho” Cantero (22), sufrieron otro revés judicial significativo hace algunas semanas. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal desestimó el recurso presentado por sus abogados, de modo que confirmó la prohibición de las comunicaciones telefónicas de ambos reclusos.
Esta decisión judicial fue respaldada por Mariano Hernán Borinsky, presidente de la sala, y el juez Gustavo Hornos. Ambos magistrados coincidieron con el fallo del Juzgado Federal en lo Criminal N° 2 de Morón, a cargo de Jorge Rodríguez, que había dictaminado el cese del uso de teléfonos públicos para los delincuentes. Cantero y su sobrino están recluidos desde enero del año pasado en la cárcel de Marcos Paz, bajo el Sistema de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo.
El juez Rodríguez también había excluido a dos visitas permitidas para “Guille”: Jorge Ramírez y Soledad Galarza, a quienes el narco señaló como sus nuevas parejas tras declararse bisexual. La medida también contemplaba que únicamente puedan usar el teléfono del pabellón 7 para hablar con sus abogados, cuyos nombres están autorizados.
El fallo fue apelado por “Guille” y “Lucho” Cantero, pero el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Rosario rechazó la presentación. Ante esa situación, la defensa de los jefes de Los Monos interpuso un recurso de casación que fue denegado