Durante junio de 2025, las trabajadoras de casas particulares registradas deben recibir el pago correspondiente a la primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Según lo establecido por la Ley 27.073, la fecha límite para que los empleadores efectúen el depósito es el 30 de junio, aunque existe un período de gracia de cuatro días hábiles, que extiende el plazo hasta el viernes 4 de julio de 2025.
Este pago representa un derecho laboral obligatorio para quienes prestan servicios en el hogar bajo relación formalizada. A su vez, es una obligación legal para todos los empleadores registrados. Su cumplimiento en tiempo y forma no solo evita conflictos legales, sino que también contribuye a fortalecer la formalización del empleo en un sector históricamente afectado por la informalidad.
Qué es el aguinaldo y cómo se calcula
El Sueldo Anual Complementario consiste en una bonificación semestral que se abona en dos cuotas al año: la primera en junio y la segunda en diciembre. El monto del aguinaldo equivale al 50% del mejor salario mensual percibido entre enero y junio, incluyendo conceptos como horas extras, bonificaciones y adicionales. No se toma un promedio de sueldos, sino que se selecciona el mes con mayor remuneración dentro del semestre.
Por ejemplo, si la empleada recibió un aumento en junio o trabajó más horas en enero, ese será el monto tomado como base para calcular el aguinaldo. Esta metodología garantiza que el importe sea representativo del período con mayor ingreso y no se vea afectado por reducciones circunstanciales.
Qué pasa si no se trabajaron los seis meses
En los casos donde la trabajadora ingresó al empleo después del 1° de enero o interrumpió su prestación laboral antes del 30 de junio, el aguinaldo se liquida en forma proporcional, teniendo en cuenta los meses efectivamente trabajados. Este mecanismo asegura que se reconozca el tiempo real de trabajo dentro del semestre.
Una de las fórmulas aceptadas, según información difundida por ARCA, consiste en calcular el 50% del sueldo más alto recibido y multiplicar ese valor por la fracción de meses trabajados sobre seis. Por ejemplo, si se trabajaron cuatro meses, se cobrará el 66,67% del medio aguinaldo.
Otra forma válida es dividir el salario mensual por 12 y multiplicar ese resultado por los meses trabajados. Ambas opciones son aceptadas, siempre que reflejen fielmente la proporción correspondiente.
A quiénes corresponde el aguinaldo
El pago del SAC alcanza a todas las trabajadoras de casas particulares que estén registradas, así como a jubiladas y pensionadas que mantengan una relación formal en el régimen. No corresponde a personas no registradas, monotributistas ni trabajadoras independientes.
Para acceder a este derecho, es requisito que la relación laboral esté inscripta oficialmente y con los aportes previsionales al día. La normativa también establece que deben incluirse en el cálculo del aguinaldo todos los componentes salariales, como horas extra y plus por tareas específicas, ya que forman parte de la remuneración.
Tanto la Ley de Contrato de Trabajo como la Ley 27.073 regulan todos los aspectos vinculados al aguinaldo: sus vencimientos, la forma de cálculo, las condiciones de pago y los mecanismos de control estatal. ARCA, el organismo fiscalizador, difunde regularmente los lineamientos y fórmulas de liquidación aplicables en cada situación.
A su vez, existen sanciones para los empleadores que no cumplan con los plazos legales o que abonen montos inferiores a los establecidos. La fiscalización apunta a reforzar el trabajo registrado, proteger los derechos laborales y garantizar que las trabajadoras del sector accedan en igualdad de condiciones a este beneficio.
Contar con un vínculo laboral formal es indispensable para que el pago del aguinaldo se concrete. Las trabajadoras deben figurar en el registro oficial y contar con recibos de sueldo y aportes actualizados para acceder a esta bonificación sin demoras ni descuentos indebidos.