Durante noviembre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene un seguimiento específico sobre determinadas operaciones financieras, especialmente aquellas realizadas a través de bancos y billeteras virtuales. El organismo —continuador de las funciones de la ex AFIP— utiliza distintos umbrales para determinar cuándo una transferencia puede ser considerada inusual y requerir información adicional.
Cuánto pueden transferir las personas físicas, sin reportes a ARCA
Para quienes operan como personas físicas, ARCA establece que no se generan reportes automáticos siempre que el total de transferencias recibidas o enviadas dentro del mes calendario no supere los $50.000.000.
Este límite se aplica tanto a movimientos entre familiares como entre terceros, siempre que no se detecte una actividad comercial frecuente o un patrón sospechoso.
En otras palabras: mientras el origen del dinero sea lícito y justificable, una transferencia debajo de ese monto no debería activar controles automáticos.
En el caso de las personas jurídicas, el umbral es menor:
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Transferencias y acreditaciones sin reportes automáticos: hasta $30.000.000 en el mes.
Para noviembre, tanto personas físicas como jurídicas tienen el mismo límite:
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Extracciones en efectivo sin generar alertas: hasta $10.000.000 mensuales.
ARCA: ¿qué pasa si se superan los límites?
Si una cuenta —bancaria o virtual— supera los montos mencionados, la operación no implica automáticamente una infracción, pero sí puede dar lugar a un pedido de información.
ARCA puede requerir documentación que respalde el origen de los fondos, como:
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Comprobantes de compras o ventas.
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Recibos de sueldo.
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Facturación de los últimos meses.
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Constancias de inscripción en Monotributo.
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Certificación de ingresos o de fondos emitida por contador público.
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Documentación de respaldo de operaciones financieras.
Si todo está en regla, el trámite se resuelve sin mayores consecuencias.
Para evitar problemas con la UIF y con ARCA, además de las transferencias, existen otros valores de referencia a considerar:
- Saldo al último día del mes: hasta $50.000.000 sin ingresos declarados consistentes.
- Plazos fijos: personas físicas pueden mantener hasta $100.000.000 sin justificar más documentación.
- Tenencias en sociedades de bolsa: límite también de $100.000.000 para individuos.
- Compras como consumidor final: se informan desde los $10.000.000.
- Pagos: topes de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
ARCA controla porque es el organismo encargado de prevenir la evasión fiscal, detectar maniobras de lavado de dinero y asegurar que los movimientos de dinero sean coherentes con los ingresos declarados. Mientras la operación esté documentada y el origen del dinero sea lícito, no debería haber inconvenientes, incluso si ARCA realiza verificaciones posteriores.
