Con el cierre del año fiscal, crece el interés de los contribuyentes por recuperar parte de los importes retenidos en concepto de percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Para atender esta demanda, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el uso del sistema ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), que simplifica el proceso de solicitud de devolución y permite hacerlo de manera completamente digital.
Qué son las percepciones
Las percepciones son anticipos de impuestos aplicados a determinadas operaciones, como la compra de moneda extranjera, el pago de servicios en el exterior o el uso de tarjetas de crédito en consumos fuera del país. Estos importes, que se suman a los precios de los bienes o servicios, pueden luego computarse como crédito fiscal para quienes tributan Ganancias o Bienes Personales.
Sin embargo, en los casos en que el contribuyente no esté alcanzado por dichos impuestos o haya sufrido retenciones mayores al impuesto determinado, existe la posibilidad de solicitar la devolución de esas sumas.
ARCA: Quiénes pueden solicitar la devolución
ARCA determinó que pueden pedir la devolución de percepciones aquellas personas que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
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No estar inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni corresponderles hacerlo.
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Monotributistas que no tributen Ganancias ni Bienes Personales.
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Personas con retenciones superiores al impuesto determinado, es decir, cuando el saldo a favor excede lo que corresponde pagar.
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Contribuyentes inscriptos en Ganancias pero no en Bienes Personales, únicamente por percepciones identificadas bajo el código 219.
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Contribuyentes inscriptos en Bienes Personales pero no en Ganancias, únicamente por percepciones bajo el código 217.
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Trabajadores en relación de dependencia, tengan o no retenciones de Ganancias en su recibo de sueldo.
Paso a paso para pedir la devolución
El trámite se realiza íntegramente en línea. El primer paso es ingresar al portal de la ARCA con CUIT y Clave Fiscal y habilitar el servicio “Devolución de percepciones” desde el Administrador de Relaciones (ARCA). Una vez activo el servicio, el contribuyente debe:
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Seleccionar el período fiscal correspondiente.
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Completar el Formulario F.1746 con los datos requeridos.
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Revisar y confirmar la información cargada.
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Guardar el comprobante de presentación.
Es importante que los datos bancarios estén actualizados, ya que la acreditación se realiza por transferencia en la cuenta informada.
Tiempos de acreditación
ARCA estima a un plazo de 60 a 120 días hábiles para procesar y devolver los fondos, aunque una vez aprobada la solicitud, el pago suele acreditarse en tres días hábiles corridos.
El organismo puede realizar verificaciones adicionales y en caso de inconsistencias, requerir documentación respaldatoria antes de autorizar la devolución.