Quiénes pueden pedir la devolución de percepciones en ARCA

ARCA permite a monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y contribuyentes sin obligación de tributar Ganancias o Bienes Personales recuperar las percepciones aplicadas a compras de dólares y gastos en el exterior. Cómo se hace el trámite.

24 de septiembre, 2025 | 15.13

Con el cierre del año fiscal, crece el interés de los contribuyentes por recuperar parte de los importes retenidos en concepto de percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Para atender esta demanda, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el uso del sistema ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), que simplifica el proceso de solicitud de devolución y permite hacerlo de manera completamente digital.

Qué son las percepciones

Las percepciones son anticipos de impuestos aplicados a determinadas operaciones, como la compra de moneda extranjera, el pago de servicios en el exterior o el uso de tarjetas de crédito en consumos fuera del país. Estos importes, que se suman a los precios de los bienes o servicios, pueden luego computarse como crédito fiscal para quienes tributan Ganancias o Bienes Personales.

Sin embargo, en los casos en que el contribuyente no esté alcanzado por dichos impuestos o haya sufrido retenciones mayores al impuesto determinado, existe la posibilidad de solicitar la devolución de esas sumas.

Devolución de percepciones

ARCA: Quiénes pueden solicitar la devolución

ARCA determinó que pueden pedir la devolución de percepciones aquellas personas que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

  • No estar inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni corresponderles hacerlo.

  • Monotributistas que no tributen Ganancias ni Bienes Personales.

  • Personas con retenciones superiores al impuesto determinado, es decir, cuando el saldo a favor excede lo que corresponde pagar.

  • Contribuyentes inscriptos en Ganancias pero no en Bienes Personales, únicamente por percepciones identificadas bajo el código 219.

  • Contribuyentes inscriptos en Bienes Personales pero no en Ganancias, únicamente por percepciones bajo el código 217.

  • Trabajadores en relación de dependencia, tengan o no retenciones de Ganancias en su recibo de sueldo.

Cómo hacer devolución de gastos con tarjeta

Paso a paso para pedir la devolución

El trámite se realiza íntegramente en línea. El primer paso es ingresar al portal de la ARCA con CUIT y Clave Fiscal y habilitar el servicio “Devolución de percepciones” desde el Administrador de Relaciones (ARCA). Una vez activo el servicio, el contribuyente debe:

  1. Seleccionar el período fiscal correspondiente.

  2. Completar el Formulario F.1746 con los datos requeridos.

  3. Revisar y confirmar la información cargada.

  4. Guardar el comprobante de presentación.

Es importante que los datos bancarios estén actualizados, ya que la acreditación se realiza por transferencia en la cuenta informada.

Tiempos de acreditación

ARCA estima a un plazo de 60 a 120 días hábiles para procesar y devolver los fondos, aunque una vez aprobada la solicitud, el pago suele acreditarse en tres días hábiles corridos.

El organismo puede realizar verificaciones adicionales y en caso de inconsistencias, requerir documentación respaldatoria antes de autorizar la devolución.