Las transferencias bancarias y los movimientos de dinero continúan bajo el monitoreo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Sin embargo, desde julio de 2026 rigen nuevos umbrales que ampliaron significativamente los montos a partir de los cuales bancos, entidades financieras y billeteras virtuales deben informar las operaciones de sus clientes.
El nuevo esquema elevó los límites para personas físicas y jurídicas, aunque superar esos montos no implica automáticamente una investigación. En caso de que ARCA lo considere necesario, el contribuyente deberá acreditar el origen de los fondos mediante la documentación correspondiente.
Cuánto dinero se puede transferir sin tener problemas con ARCA
Durante julio de 2026, las entidades financieras deben informar a ARCA cuando las transferencias o acreditaciones superen los siguientes montos:
- Personas físicas: $50.000.000.
- Personas jurídicas: $30.000.000.
Hasta la actualización del régimen, el límite para personas físicas era de apenas $2.000.000.
El mismo umbral también rige para las transferencias y acreditaciones realizadas mediante billeteras virtuales. Es importante aclarar que estos valores corresponden a la obligación de informar por parte de los bancos y plataformas financieras, y no significan que toda operación superior quede automáticamente bajo investigación.
Qué otros movimientos informa el banco a ARCA
Además de las transferencias, el régimen contempla distintos tipos de operaciones financieras.
Los límites vigentes son los siguientes:
Extracciones en efectivo
- Personas físicas: $10.000.000.
- Personas jurídicas: $10.000.000.
Saldo bancario al cierre del mes
- Personas físicas: $50.000.000.
- Personas jurídicas: $30.000.000.
Plazos fijos
- Personas físicas: $100.000.000.
- Personas jurídicas: $30.000.000.
Tenencias en sociedades de Bolsa
- Personas físicas: $100.000.000.
- Personas jurídicas: $30.000.000.
Compras como consumidor final
El nuevo límite quedó establecido en:
- $10.000.000, tanto para personas físicas como jurídicas.
Este cambio reemplaza los antiguos topes de $250.000 para pagos en efectivo y $400.000 para otros medios de pago.
Pagos
- Personas físicas: $50.000.000.
- Personas jurídicas: $30.000.000.
Qué puede pedir ARCA si detecta una operación inusual
Cuando una transferencia o movimiento de fondos resulta inconsistente con el perfil fiscal del contribuyente, ARCA puede requerir documentación que permita justificar el origen del dinero.
Entre los comprobantes que habitualmente puede solicitar se encuentran:
- Facturas emitidas.
- Recibos de honorarios.
- Boletos de compraventa de inmuebles o vehículos.
- Contratos o comprobantes de préstamos.
- Certificaciones contables.
- Otra documentación que respalde el origen lícito de los fondos.
Asimismo, las entidades financieras informan a ARCA datos como:
- Tipo y número de cuenta.
- CBU o CVU.
- Titulares de la cuenta.
- Total de ingresos y egresos mensuales.
- Saldo al cierre de cada mes.
Qué hacer si una transferencia queda retenida
Si una entidad financiera bloquea o demora una transferencia, los especialistas recomiendan:
- Presentar la documentación solicitada por el banco.
- Informar previamente si se espera recibir una transferencia de monto elevado.
- Evitar dividir una operación grande en varias transferencias menores para intentar eludir controles, ya que esa práctica también puede generar alertas.
Aunque los nuevos umbrales reducen significativamente la cantidad de operaciones informadas a ARCA, cada banco puede aplicar controles propios de prevención de lavado de dinero y solicitar documentación adicional cuando detecte movimientos que no se correspondan con el perfil habitual del cliente.
