Las reservas del Banco Central terminaron en U$S 40.365 millones y bajaron U$S 96 millones. Con la confirmación de que a fin de mes llegará la comitiva del FMI encargada de revisar las metas trimestrales del acuerdo, parece prácticamente imposible que el Gobierno logre alcanzar el objetivo de reservas. En este contexto, el dólar oficial cerró en $ 1.135 para la compra y $ 1.185 para la venta en la cotización de Banco Nación, con una baja de 15 pesos respecto del viernes pasado. En tanto, el dólar mayorista cayó 1,7% hasta $1.162,00.
Por su parte, en la cotización de los tipos de cambio financieros, el MEP se mantuvo en $ 1.190,61, mientras que el CCL registró un descenso de 0,4% hasta los $ 1.201,20. El dólar blue, en tanto, se situó en $ 1.180 para la compra y $ 1.200 para la venta, con una suba de 0,85% en la jornada.
El Gobierno autoriza usar BOPREAL para pagar deudas fiscales y aduaneras por hasta U$S 1.000 millones
El Gobierno autorizó a los tenedores de la Serie 4 de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), a utilizarlos para cancelar deudas fiscales y aduaneras de hasta U$S 1.000 millones, mediante el Decreto 384/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial. La normativa establece que este tipo de instrumentos emitidos por el Banco Central (BCRA) desde el 17 de junio y hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas inclusive, podrán darse como forma de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, junto con sus intereses, multas y accesorios.
La aplicación, percepción y fiscalización de las operaciones está a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que junto al BCRA fijarán los plazos y las condiciones para que los tenedores de estos bonos puedan darlos en pago a su valor técnico que será calculado al tipo de cambio que resulte aplicable.
Quedan exceptuados de la medida los aportes y contribuciones destinadas a la seguridad social y a las obras sociales, las cuotas correspondientes al seguro de vida obligatorio y las destinadas a las aseguradoras de riesgos del trabajo, el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios y las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.
El texto oficial aclaró que los BOPREAL Serie 4 podrán ser transferidos libremente por sus titulares y reconoció que la posibilidad de utilizarlos para saldar deudas “constituye un derecho adquirido, tanto para el suscriptor como para cualquier tenedor de aquellos y, por ende, forma parte de su derecho de propiedad”.
La utilización de los mencionados instrumentos para el pago de las obligaciones impositivas y aduaneras, estará limitado a un valor máximo total de U$S 1.000.000.000, y el plazo establecido para su uso será desde el 30 de abril de 2028 y hasta el 31 de octubre de 2028, ambas fechas inclusive.
Asimismo, se dispuso que la dación en pago de los instrumentos para la cancelación de las deudas no resultará procedente una vez que el Banco Central efectúe el pago de su capital, al indicar que “si la citada entidad efectuara un pago parcial del capital, la referida dación en pago resultará procedente por el importe remanente de capital impago”