La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció, en las últimas horas, que extendió los plazos para presentar las declaraciones juradas determinativas y efectuar el pago del impuesto a las ganancias y a los bienes personales de personas humanas correspondientes al ejercicio fiscal 2024.
La nueva fecha de vencimiento para cumplir con ambas obligaciones tributarias será el próximo jueves 26 de junio, según dio a conocer la exAFIP en un comunicado que publicó este último lunes.
Se trata de una segunda prórroga, dado que el organismo ya había extendido anteriormente los plazos que originalmente vencían entre el 11 y el 17 de junio, según el número de terminación de CUIT.
Además, en abril la ARCA puso a disposición los aplicativos de Ganancias y Bienes Personales, con más de 60 días de antelación al vencimiento de las presentaciones, "cumpliendo con el compromiso asumido por las autoridades en febrero con las entidades profesionales", destacó el organismo recaudador.
Impuesto a las Ganancias: a partir de qué monto paga un trabajador en junio 2025
A partir de junio de 2025, el Impuesto a las Ganancias vuelve a impactar sobre los salarios de los trabajadores formales desde montos significativamente elevados, gracias a la última actualización de deducciones y escalas que realizó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en enero.
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Para un empleado soltero sin cargas de familia, el tributo recién se activa cuando la remuneración bruta mensual supera los $2.280.647. Ese ingreso equivale a un sueldo “en mano” de aproximadamente $1.893.000 antes de que se practique la retención. En cambio, un trabajador que declare cónyuge y dos hijos menores comienza a tributar a partir de los $3.024.494 brutos (unos $2.500.000 netos). La diferencia surge de las deducciones familiares que reducen la base imponible: $3,69 millones para el cónyuge y $1,86 millón por cada hijo.
Bienes Personales: cuál es el mínimo no imponible en 2025
Para este 2025 el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales pasó a ser $100 millones, mientras que la deducción especial por vivienda familiar pasó de $56 millones a $350 millones, según informó ARCA.
En tanto, por este impuesto se aplicará una alícuota que irá desde el 0,5% al 1,25%. La primera se aplicará cuando se superen los valores previamente mencionados, pero no se superen los $13.688.704, mientras que la segunda para los que estén encima de eso pero por debajo de $29.658.858, con una alícuota del 0,75 por ciento sobre el excedente del mínimo y una cuota fija de $68.443.
En ese sentido la tercer alícuota que es por patrimonios hasta $82.132.244 y los contribuyentes tendrán que pagar una cuota fija de $188.219,68 y el 1% del excedente del piso, mientras que la alícuota más alta implicará un pago de $712.953,34 más el 1,25% sobre el excedente de $82.132.224.