El gobierno de Javier Milei, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), dio vía libre a la importación de productos cosméticos y de higiene personal tras definir que no intervendrá ni controlará su ingreso. La medida fue confirmada a través del Boletín Oficial y se suma a la reciente política que elimina los controles para la importación de productos médicos sin necesidad de prescripción profesional.
A través de la disposición 3562/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso que cosméticos, productos domisanitarios de venta libre, productos de higiene oral de uso odontológico y productos higiénicos descartables de uso externo ya no requerirán la intervención de la ANMAT para su importación. Además, se encuentran elementos descartables de uso intravaginal y aquellos reutilizables como copas menstruales.
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Los productos que podrán importarse:
- pastas dentales y enjuagues bucales,
- pañales descartables para bebés y adultos,
- toallitas femeninas,
- protectores diarios y absorbentes de leche materna,
- tampones,
- colectores del flujo menstrual, entre ellos la copa menstrual.
El organismo afirmó que la importación y utilización de estos productos quedarán bajo responsabilidad del usuario final, por lo que las personas que importen estos artículos serán quiénes asuman los riesgos y consecuencias a partir de su adquisición y el uso de estos. Sin embargo, en la disposición se aclaró que “se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de estos”.
El Gobierno avanzó con la desregulación de la importación de alimentos
En paralelo, el gobierno de Javier Milei dio un paso más hacia la la desregulación de las importaciones, en este caso de los alimentos, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
A través de la disposición 3280/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la ANMAT estableció que dejará de intervenir en ciertos trámites vinculados a gestiones realizadas por los denominados "usuarios directos". Se trata, específicamente, de los procesos para autorizar el ingreso de alimentos provenientes de donaciones, de los alimentos para uso personal y de los alimentos para propósitos "médicos específicos de uso compasivo".
La decisión se enmarca en la política de simplificación administrativa y desregulación impulsada por el organismo, y da continuidad a lo dispuesto en el artículo 5° de la Disposición 537/2025 de la ANMAT, que derogó una serie de normas previas relacionadas con la importación y exportación de alimentos.
En los considerandos, la disposición argumenta que los trámites mencionados ya no requieren intervención de la ANMAT, dado que no resultan necesarios para alcanzar los objetivos regulatorios bajo el nuevo marco normativo. La medida, según sostiene el texto oficial, busca "optimizar recursos, agilizar procesos" y reducir cargas administrativas tanto para el Estado como para los particulares.
Además, se dejó expresamente prohibida la comercialización o el uso con fines de lucro de los productos comprendidos en estos trámites. La disposición fue firmada por la administradora nacional de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio.