Festeja ATE: a estos trabajadores estatales le devolverán parte de su salario

El débito fue indebidamente realizado sobre los sueldos de noviembre pasado, determinó el máximo tribunal de la provincia de Entre Ríos. De cuánto es el monto.

15 de enero, 2026 | 10.58

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ordenó, en las últimas horas, reintegrar a una trabajadora estatal del área del salud el monto de su salario que le fue indebidamente descontado durante el mes de noviembre pasado. El fallo fue celebrado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE)

Así lo determinó el máximo tribunal de la Justicia de Entre Ríos, integrado por Gisela Schumacher, Teresita Mastaglia y Leonardo Portela, el cual resolvió por mayoría hacer lugar a la apelación presentada por una médica del Ministerio de Salud provincial y revocar la sentencia dictada el 19 de diciembre de 2025. Las juezas votaron a favor de la trabajadora, mientras que Portela lo hizo en disidencia.

El fallo hizo lugar al amparo presentado por la médica y ordenó al Gobierno provincial reintegrar, en un plazo de cinco días hábiles, el dinero descontado de su sueldo de noviembre, además de hacerse cargo de las costas del proceso. El fallo es de aplicación para esta trabajadora, pero sienta jurisprudencia para presentaciones similares. 

En primera instancia, la jueza Norma Viviana Ceballos había rechazado el amparo al considerar que la médica debía esperar la resolución del trámite administrativo en curso y que el reclamo no podía resolverse por esta vía rápida. La trabajadora de salud había iniciado una acción judicial para reclamar la devolución de $223.357,84 que le fueron descontados de su sueldo de noviembre, sin previo aviso.

Desde ATE festejaron el fallo del STJ de Entre Ríos. "La justicia nos da la razón una vez más: El Estado no puede pasar por encima de los procedimientos legales ni de los derechos de quienes sostienen el sistema público", destacó el gremio de estatales, según el sitio AFPDigital.

Las claves del fallo que impacta en los trabajadores estatales

Según sostuvo el fallo judicial, el descuento fue sorpresivo y arbitrario, ya que nunca recibió una notificación formal que explicara el motivo de la quita salarial. También afirmó que la quita, cercana al 20% de su sueldo, afectó seriamente su ingreso y constituyó una medida de hecho, adoptada sin respaldo legal ni acto administrativo previo.

Desde la Fiscalía de Estado habían pedido rechazar el amparo y argumentaron que el descuento se debió a un cambio de funciones, ya que la médica dejó de realizar guardias y, por ese motivo, no le correspondía cobrar el adicional.

En cambio, el STJ entrerriano consideró que el descuento del 20% del salario, realizado sin un acto administrativo previo, debía ser analizado de manera urgente por afectar un derecho esencial como el salario, y entendió que “…no surge de las actuaciones disponibles el dictado de un acto administrativo suficientemente fundado que autorice la detracción y tampoco (…) su notificación”, según el fallo..

La mayoría del tribunal concluyó que, al no haber una decisión administrativa previa, el descuento constituyó una “vía de hecho”, es decir, una actuación ilegítima del Estado. Al respecto, aclaró que el reintegro “…no implica un juicio (…) sobre la pertinencia o no del descuento (…) sino que, para esto, es necesario la existencia de un acto administrativo”.