El Tribunal Oral que juzgó y condenó a la vicepresidenta Cristina Kirchner y otros imputados en la llamada "causa Vialidad" dio a conocer en 2023 los fundamentos de su veredicto, lo cual abrió la etapa que culminó este martes, con la condena confirmada por la Corte Suprema, previo paso por la Cámara de Casación. Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Como consecuencia de la defraudación, los jueces ordenaron el decomiso de 84.835 millones de pesos actualizados al momento en que esta sentencia quede firme.
El Tribunal Oral Federal (TOF) número 2, compuesto por los polémicos magistrados Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, notificó los fundamentos de su sentencia, que tiene 1.616 páginas, a las partes. Luego de esta instancia, la Cámara de Casación, compuesta por los habitués de la quinta de Macri Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, confirmó la condena que ahora fue ratificada por Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.
Causa Vialidad: los argumentos de los que se agarraron los jueces para condenar a Cristina Kirchner
Entre los argumentos, destacaron en la descripción de los hechos con detalle en lo que sigue, lo que allí juzgaron "es un hecho de corrupción estatal" que "socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, así como contra el desarrollo integral de los pueblos”. Asimismo, señalaron: "Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner".
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En cuanto a la responsabilidad penal de Cristina Kirchner señalaron que “la maniobra defraudatoria bajo juzgamiento no se deriva de una solución dogmática semejante a la que subyace al argumento de sus defensores, ni por haber designado a los empleados de la administración pública aquí imputados, ni siquiera a quienes violando sus deberes especiales perjudicaron a una administración pública, ni en base a un modelo de responsabilidad vicaria”.
Al retomar el argumento de la defensa sobre que “no existe ni existió ninguna disposición constitucional, legal o reglamentaria que impusiera a la ex Presidenta de la Nación el deber de controlar los actos administrativos” de la Dirección Nacional de Vialidad, apuntaron: “Pese a que dentro del Poder Ejecutivo Nacional la administración general del país desde la reforma constitucional de 1994 es ejercida por el jefe de gabinete, el Presidente de la Nación es asimismo “responsable político de la administración general del país”.
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Luego, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola cuestionaron las absoluciones por el delito de asociación ilícita, lo que redundó en una disminución notoria de las penas. Ambos habían reclamado 12 años de prisión para la Vicepresidenta, que fue condenada a seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el otro delito que sí se consideró probado; el de administración fraudulenta. La misma postura tomó ante el máximo tribunal el procurador general interino Eduardo Casal, pero su argumentación no fue seguida por los magistrados. En parte, porque eso implicaba extender los plazos de análisis de la causa y eso hubiera provocado fallar después del 19 de julio, cuando CFK hubiera inscripto su candidatura para diputada provincial de Buenos Aires.
Entre los puntos incoherentes del fallo, que fue apelado por los fiscales Mola y Luciani, figuran la absolución del exministro de Planificación Federal Julio De Vido. Según los jueces, Cristina no podía "no saber" de las supuestas maniobras fraudulentas, pero exculpaban al ministro del área a cargo de adjudicar las obras públicas.
En el juicio se sentó por primera vez en el banquillo a la expresidenta, acusada de beneficiar al empresario Lázaro Báez con el 80 por ciento de la obra pública nacional adjudicada en Santa Cruz entre los años 2003 y 2015. Los tiempos políticos jugaron fuerte: este juicio comenzó en 2019, cuando se especulaba con una candidatura de Cristina Kirchner que se efectivizó como vicepresidenta de la Nación.
Poco después de la lectura del veredicto, la titular del Senado y dos veces presidenta dijo que su condena forma parte de un proceso que ya "no es ni lawfare ni Partido Judicial" sino "un Estado paralelo y mafia judicial".