El Gobierno de Milei atenta contra personas en situación de calle y limitará su asistencia 

La medida fue oficializada a través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial en el que se desliga de la asistencia y delega a las provincias la responsabilidad. Alerta en las organizaciones sociales por los programas de asistencia.

02 de junio, 2025 | 15.50

El Gobierno de Javier Milei atenta contra los derechos de las personas en situación de calle y de quienes se encuentran en riesgo de perder su vivienda en el país al modificar la ley que garantiza sus derechos y determina la responsabilidad del Estado nacional en la problemática. De esta manera, limita la asistencia de la administración nacional y delega a las provincias la intervención total.

La medida fue oficializada este lunes a través del Decreto 373/2025 publicado en el Boletín Oficial donde se modifican artículos de la Ley N° 27.654, sancionada con el fin de garantizar los derechos de las personas sin techo y de quienes se encuentran en riesgo de perder su vivienda. Las modificaciones son en relación a la asistencia de las personas en situación de calle y la responsabilidad del Estado nacional y las jurisdicciones respecto a su alcance e intervención en las políticas en la materia. El documento lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. 

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Limitaciones de asistencia a las personas en situación de calle 

De esta manera, se determinó que el Estado nacional actuará como “órgano rector, a través de la aprobación de directrices y lineamientos generales en la materia” y asistirá y subsidiará a las provincias en “caso de ser necesario” basándose en “los principios federales de la Constitución Nacional y con el objetivo de coordinar y supervisar acciones en todo el territorio argentino”. Por lo que solo intervendrá cuando “las capacidades locales resulten insuficientes, promoviendo la equidad y coherencia en el abordaje estatal”.

El Gobierno de Milei atenta contra personas en situación de calle y limitará su asistencia 

También se definió que la nueva autoridad de aplicación será la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, que tendrá la tarea de coordinar acciones entre jurisdicciones y monitorear el uso de los fondos transferidos en caso de asistencia nacional.

La responsabilidad de las provincias 

Tras definirse que el Ejecutivo nacional actuará como "órgano rector" a través de la aprobación de directrices y lineamientos generales, pero la asistencia directa quedará bajo responsabilidad de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el decreto puntualizó que las realidades locales varían según la región y definió: mientras algunas zonas enfrentan problemas por alta densidad poblacional, otras tienen dificultades relacionadas con la precariedad habitacional o la movilidad de trabajadores migrantes. Por lo que justificaron la medida: “Por eso, cada provincia y municipio podrá diseñar sus propias estrategias de intervención, siempre que respeten los estándares mínimos establecidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos”.

Menos derechos para las personas en situación de calle 

El texto también derogó el inciso a) del artículo 12 de la ley original, que obligaba a mantener o integrar todos los programas preexistentes sin permitir su revisión o reducción como tampoco “disminuirse el alcance de los programas que ya se están implementando". La justificación del gobierno fue que “esa obligación limitaba la capacidad de rediseñar políticas y reasignar recursos de forma más eficiente”. Ante esto, las organizaciones sociales alertaron sobre la quita de derechos de las personas en situación de calle en todo el país. “Están sacando de circulación un artículo que garantiza los derechos de las personas en situación de calle y dejan a las organizaciones sociales fuera de la implementación de la medida”, apuntó Horacio Avila de proyecto Siete.