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Revés judicial contra Milei: ordenan resguardar información de la Ley de Tierras

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata le dio un plazo de 5 días al Ministerio de Justicia de la Nación para precisar hasta qué fecha se actualizaron las bases del Registro de Tierras Rurales. La preponderancia en provincia de Buenos Aires. 

07 de octubre, 2026 | 13.39
Revés judicial contra Milei: ordenan resguardar información de la Ley de Tierras

El polémico DNU 70/2023 sufre otro revés por parte de la Justicia. En este caso, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata - hoy subrogado por Güendalina Sessarego - hizo lugar a un pedido del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, y le ordenó al Gobierno Nacional que “informe y preserve todo tipo de información sobre tierras rurales bonaerenses recopiladas durante la vigencia de la Ley de Tierras”, que fuera derogada por el DNU que desregula la venta a extranjeros. 

La Jueza le dio un plazo de 5 días al ministerio de Justicia de la Nación para precisar “hasta qué fecha se actualizaron las bases del Registro de Tierras Rurales” y que garantice “la conservación íntegra de todos los antecedentes registrales recolectados en los últimos 15 años”. Desde la Defensoría del Pueblo habían advertido que “por la caída de la Ley de Tierras se eliminaron los mecanismos de control, el mapa dominial y las restricciones a la venta de campos a titulares extranjeros”. 

“Ello pone en riesgo el conocimiento del territorio y la protección del medio ambiente en distritos con alta concentración de titularidad extranjera, como Campana y Zárate”, indicó el funcionario. Para Lorenzino, no es posible “permitir la flexibilización o la falta de los controles” y que ello “deje a las y los bonaerenses a ciegas sobre la soberanía de sus recursos naturales y del suelo rural”. “Proteger la información pública sobre nuestro territorio es central para garantizar la sustentabilidad ambiental y los derechos de las futuras generaciones”, cerró.

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Qué dice la denuncia 

El escrito presentado por la Defensoría del Pueblo provincial pone el foco en sobre los “bienes ambientales y territoriales concretos -suelo, recursos naturales e hídricos- y sobre las condiciones necesarias para el conocimiento, planificación y ordenamiento de la estructura territorial rural de la Provincia de Buenos Aires”.

En ese sentido, la ley 26.737 establecía un sistema que combinaba límites territoriales, información dominial y catastral, cooperación interjurisdiccional y mecanismos de control previo, permitiendo conocer la composición del territorio rural y evaluar la incidencia acumulativa que nuevas operaciones podían producir dentro de cada jurisdicción. 

En ese marco, “la distribución territorial de la titularidad extranjera presenta diferencias significativas entre los distintos partidos, identificando particularmente a los de Campana y Zárate como jurisdicciones que presentarían porcentajes elevados de superficie rural bajo titularidad extranjera”. 

Desde esta manera, Lorenzino explicó que “el transcurso del tiempo durante la sustanciación del proceso no resulta neutro, pues podrían celebrarse nuevas operaciones, inscribirse derechos reales y generarse sucesivas relaciones jurídicas cuya reversión futura resultaría progresivamente más compleja”. Es por eso que “una eventual discontinuidad en la actualización de la información podría impedir conocer con precisión las modificaciones producidas durante dicho período”. 

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