¿Es feriado el miércoles 24 de diciembre 2025 por Navidad en Argentina? Qué definió el gobierno de Milei

La pregunta se repite cada diciembre y en 2025 no es la excepción: ¿el miércoles 24 de diciembre será feriado por Navidad en Argentina? Conocé la respuesta en esta nota.

23 de diciembre, 2025 | 18.58

Cada fin de año trae la misma escena: calendarios abiertos, grupos de WhatsApp explotados y una duda que cruza oficinas, comercios y escuelas. Este 2025, con el 24 de diciembre cayendo miércoles, la expectativa volvió a crecer. ¿Habrá feriado? ¿Se trabaja? ¿Quiénes zafan y quiénes no?

La definición llegó desde la Casa Rosada a través del Boletín Oficial. El gobierno de Javier Milei confirmó una medida que ya es conocida, pero que nunca deja de generar ruido: no habrá feriado nacional, aunque sí asueto administrativo para una parte del Estado.

No es feriado, pero hay asueto: qué dice el decreto del Gobierno

El Decreto 883/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, establece asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre de 2025 sólo para el personal de la Administración Pública Nacional.

La norma se apoya en la Ley N.º 27.399, que fija como feriados nacionales inamovibles al 25 de diciembre y al 1º de enero, y justifica la decisión en el carácter “cultural, social y familiar” de las celebraciones. Según el texto oficial, las vísperas son jornadas históricamente destinadas a los preparativos y traslados para el encuentro familiar.

El decreto subraya, además, que la medida no implica gasto adicional para el Estado y que busca dinamizar el turismo interno.

Quiénes no trabajan y quiénes sí el 24 de diciembre

El alcance de la medida es claro y limitado. El asueto rige solo para la Administración Pública Nacional, y cada organismo deberá garantizar la continuidad de los servicios esenciales.

Quedan expresamente excluidos los bancos y entidades financieras, que deberán funcionar con normalidad. En estos sectores, el 24 de diciembre seguirá siendo un día laborable común.

Para los trabajadores estatales alcanzados por el asueto, el beneficio es concreto: al descanso del 24 se suma el feriado inamovible del 25, lo que genera dos días consecutivos sin actividad. Quienes deban trabajar el 25 cobrarán el pago doble, tal como marca la legislación vigente.

Qué pasa en el sector privado con el 24 de diciembre

En el ámbito privado, el panorama cambia por completo. El 24 de diciembre no es feriado ni día no laborable, por lo que cada empleador tiene la potestad de decidir si concede o no el día libre.

Si la empresa opta por no trabajar, la jornada se paga de manera habitual, sin recargo alguno. Y si se trabaja, el pago es estándar: la ley considera al 24 como un día laborable común y corriente.