"Hizo maniobras para encubrir": la fiscalía reiteró el pedido de indagar a Cristian Graf por el crimen de Diego Fernández Lima

Luego de que solicitaran nuevas revisiones en el jardín de Cristian Graf, la fiscalía reiteró el pedido de indagar al sospechoso. Los argumentos.

22 de septiembre, 2025 | 15.38

Martín López Perrando, fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°61, reiteró la solicitud de indagar a Cristian Graf por los delitos de “encubrimiento agravado” y “supresión de evidencia”. Graf es el principal sospechoso en el caso por la desaparición de Diego Fernández Lima, el joven desaparecido en 1984 y del cual, 40 años después, hallaron sus restos precisamente en la vivienda familiar de Cristian, en Coghlan.

“El delito encubierto es el homicidio de Diego Fernández”, señaló el fiscal del caso, quien a su vez aclaró: "No es posible atribuir autoría determinada, sí resulta claro que el homicidio ocurrió en el interior de la finca donde se encontraron los restos”.

Con respecto a la nueva presentación, la misma se dio en el marco de que el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal N°56, Alejandro Litvack, había solicitado que se reformulara la imputación por considerar que la misma no se había efectuado de forma concreta, a pesar de que, "el dictamen fiscal detallaba la prueba recolectada en la investigación y las acciones desplegadas por el sospechoso". Debido a esto, se precisaba una nueva acusación para citar al excompañero de la víctima.

De modo tal que López Perrando, luego del hallazgo de los restos óseos de Fernández, insistió en que el sospechoso "llevó a cabo una serie de maniobras unívocas destinadas a encubrir el hecho precedente”.

El fiscal explicó que el acusado generó "explicaciones inverosímiles" con el objetivo de desviar la investigación, entre las que destacó: "la existencia de una iglesia o un establo o que los huesos habían llegado en un camión con tierra cuando hicieron la pileta". Asimismo, el letrado considera que la actitud del acusado fue contradictoria y evasiva frente a testigos y autoridades.

El representante del Ministerio Público Fiscal considera que todas las acciones de Graf estuvieron destinadas a generar confusión en la causa, para Perrando, las actitudes del sospechoso "denotan y remiten a un claro conocimiento previo de la existencia de los restos óseos en el lugar, así como una intención deliberada de desviar la atención, generando hipótesis falsas que relativizaran o confundieran su hallazgo” 

Finalmente, el letrado sostuvo que Graf no pudo ser "ajeno a la existencia de la sepultura en el jardín de la vivienda en que habitaba y que aún habita".

Revisiones con georradar y otras medidas de prueba

En el marco de la causa por la desaparición y asesinato de Diego Fernández Lima, sus familiares solicitaron diversas medidas de prueba a realizarse en el jardín de Cristian Graf.

La solicitud que los abogados de los familiares solicitaron ante el Ministerio Público Fiscal, incluyen:

  • La implementación de técnicas de georradar en el domicilio de los Graf, con fuerzas de seguridad como la Gendarmería, para encontrar restos que podrían no haber sido removidos todavía.
  • Obtener precisión sobre quién llamó al 911 para alertar sobre el hallazgo de los restos óseos.
  • Solicitud para que se libere un oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires, para conocer quiénes han sido los titulares de los inmuebles en la manzana que abarca entre avenida Congreso, calles WashingtonManuel Ugarte Naón, desde 1984 en adelante.

Recientemente, y en vista de estas solicitudes, el fiscal López Perrando, consideró que, de acuerdo con el informe del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF)no resultaba conducente utilizar la “técnica de georradar” a fin de dar con los restos óseos faltantes y elementos no biológicos de la víctima.

Más allá de eso, el funcionario público sí consideró que debía proveerse la solicitud de oficiar a distintos canales de televisión para que remitan las grabaciones de un programa donde habrían asistido alumnos de la ENET N°36.