Tras varios meses de discusión, Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que un perro puede ser considerado un equipaje ordinario y no merece "mayor indemnización en caso de pérdida", en respuesta a la demanda que inició una pasajera argentina a la que le extraviaron a su mascota en el aeropuerto de Ezeiza cuando iba viajar a Barcelona con la empresa Iberia.
"El hecho de que la protección del bienestar animal sea un objetivo de interés general reconocido por la Unión Europea no impide que los animales sean transportados como 'equipaje' y considerados como tal a efectos de la responsabilidad derivada de la pérdida", explica el dictamen del tribunal europeo.
El perro debía viajar en la bodega de un avión de Buenos Aires a Barcelona. Sin embargo, esto no ocurrió y la afectada reclamaba una indemnización de 5000 euros, pero la empresa se negaba a pagar a que lo previsto para equipajes facturados era un máximo de 1800 euros.
¿Cómo desapareció el perro en el aeropuerto de Ezeiza?
El 22 de octubre de 2019, Gisel Ortiz, su madre y sus tres perros tenían previsto tomar un vuelo desde Buenos Aires hasta la capital catalana. Pero a Mona le tocó viajar en la bodega de un contenedor especial por su tamaño y peso superior a 8 kilos. La propietaria la facturó como equipaje, pero sin declarar ningún valor especial o de interés.
Dentro del avión, desde la ventanilla tanto Ortiz como su madre vieron como el conductor del vehículo que transportaba a la perra hizo una maniobra que permitió la fuga del animal, que salió “corriendo por los alrededores del avión”. Tras una breve persecución por la pista, el personal de la aerolínea la atrapó y desde la empresa le aseguraron a la pasajera que sería llevada a un centro
Ya dentro del avión, madre e hija vieron desde la ventanilla cómo el conductor del vehículo que transportaba a Mona hizo un volantazo inesperado que permitió la fuga del animal, que salió “corriendo por los alrededores del avión”. Tras una persecución por la pista, el personal consiguió atraparla e Iberia tranquilizó a las pasajeras asegurando que sería llevada a un centro de acogida.
Sin embargo, Mona se escapó nuevamente. Su dueña empezó una campaña de búsqueda en medios y redes sociales. Abrió una página en Facebook que llegó a tener más de 19.000 seguidores, pero no tuvo éxito. A más de seis años del hecho, la dueña nunca supo qué pasó con su perra.
La demanda
El reclamo de la pasajera fue de 5000 euros por los daños morales sufridos, y aunque Iberia aceptó su responsabilidad y pagar una indemnización, estimó que la cantidad debía limitarse a lo establecido para el equipaje facturado. El tribunal español que examina la reclamación de indemnización decidió plantear una cuestión prejudicial al TJUE, que terminó estimando que el concepto de "equipaje" en el sentido del Convenio de Montreal incluye a los animales de compañía que viajan con los pasajeros.
De todas maneras, el dictamen europeo tiene valor consultivo y no resuelve el litigio, algo que corresponderá al tribunal español que se ocupa del caso. Carlos Villacorta, abogado de la dueña de Mona, aseguró sentirse "bastante decepcionado", pero confió en que los jueces españoles "sean más sensibles a las nuevas realidades de nuestra sociedad", en diálogo con AFP.
En el caso de una persona que sólo tiene a su perro, una desaparición similar, argumentó el abogado, causaría "unos daños no solo morales sino psicológicos e incluso psiquiátricos que, según esta sentencia, nunca podrán ser compensados".