Con la llegada de junio 2025, los empleados de comercio se alistan para recibir la primera mitad del Sueldo Anual Complementario, popularmente llamado aguinaldo. Se trata de un derecho consagrado en la Ley de Contrato de Trabajo que, desde hace décadas, garantiza a los asalariados un ingreso extraordinario en los momentos bisagra del año: el cierre del primer semestre y las fiestas de diciembre.
Para la cuota que vence este mes se toma el 50% del mejor sueldo bruto cobrado entre enero y junio, incluyendo tanto el básico como todos los conceptos remunerativos variables —horas extras, comisiones, premios, plus—. Sobre esa base, el empleador aplica las mismas deducciones que al salario habitual y deposita la suma resultante junto con los haberes o en fechas cercanas, según su cronograma interno.
Aún cuando el dependiente no haya trabajado los seis meses completos, la ley dispone que reciba un proporcional. El método es simple: se identifica el sueldo bruto más alto del período efectivamente laborado, se multiplica por los meses trabajados y el producto se divide por 12. Así se obtiene el aguinaldo proporcional que corresponde a quienes ingresaron en el transcurso del semestre o dejaron el puesto antes de fin de junio.
Cuánto cobra de aumento los empleados de comercio
Para este grupo de trabajadores del sector mercantil —regido mayoritariamente por el Convenio 130/75— el sindicato FAECyS y las cámaras empresarias acordaron una corrección salarial de 5,4 % repartida en abril (1,9 %), mayo (1,8 %) y junio (1,7 %). De allí surgen los sueldos básicos de referencia que, sin presentismo ni antigüedad, oscilan en junio desde algo más de un millón de pesos para la maestranza hasta montos similares para administrativos, cajeros, auxiliares y vendedores, dependiendo de la categoría. Esos valores, aderezados por sumas fijas no remunerativas en cada uno de los tres meses, serán la materia prima para calcular el medio aguinaldo.
La legislación fija el vencimiento formal del pago en el lunes 30 de junio. Sin embargo, la norma concede un margen de tolerancia de cuatro días hábiles, lo que habilita a las empresas a completar la acreditación hasta el viernes 4 de julio sin incurrir en falta. Aun así, lo habitual —y lo aconsejable para evitar sobresaltos— es que el medio aguinaldo figure en los recibos de la última semana de junio.
Quiénes cobran el aguinaldo
Junto con los empleados en relación de dependencia, el cobro de aguinaldo alcanza a trabajadores de casas particulares, jubilados y pensionados. Quedan fuera, en cambio, los monotributistas y quienes se desempeñan en la informalidad: para ellos, percibir una gratificación similar depende de acuerdos individuales y de la voluntad del empleador de regularizar la situación.