En diciembre, el Sueldo Anual Complementario (SAC) vuelve a ocupar un lugar central en el ingreso de miles de trabajadores de la construcción encuadrados en la UOCRA. Se trata del pago extraordinario que se abona dos veces al año —en junio y en diciembre— y que representa un refuerzo clave para afrontar los gastos de fin de año.
El aguinaldo está contemplado por la legislación laboral como una remuneración adicional obligatoria para todos los trabajadores registrados bajo relación de dependencia. En el caso del sector de la construcción, alcanza a los empleados alcanzados por los convenios colectivos vigentes, sin distinción de categoría.
Cuándo se paga el aguinaldo de diciembre en UOCRA
La ley establece que el pago del aguinaldo debe efectuarse como fecha límite el 18 de diciembre de cada año. Si ese día cae en jornada no laborable, el depósito debe realizarse el día hábil inmediato anterior.
Algunas empresas optan por adelantar el pago, permitiendo que los trabajadores cuenten con ese ingreso antes de las celebraciones de fin de año. De todos modos, el cumplimiento del plazo es obligatorio y forma parte de los controles habituales de los organismos de fiscalización laboral.
Cómo se calcula el aguinaldo para trabajadores de la construcción
El monto del aguinaldo se determina sobre la mejor remuneración mensual percibida dentro del semestre junio–diciembre. Sobre ese salario se aplica el 50%, que da como resultado el valor del SAC.
En términos prácticos, el cálculo se resume así:
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Se toma el mejor sueldo del semestre
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Se divide ese monto por dos
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El resultado final es el aguinaldo a cobrar
En caso de que el trabajador no haya completado los seis meses de actividad, el pago se liquida de forma proporcional, teniendo en cuenta los meses efectivamente trabajados.
Para el cálculo del aguinaldo deben considerarse todos los conceptos remunerativos, entre ellos:
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Sueldo básico
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Horas extras habituales
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Adicionales fijos
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Comisiones, si corresponden
Sobre el monto del SAC se aplican los descuentos habituales de aportes jubilatorios y cargas sociales, del mismo modo que en el salario mensual.
Quiénes cobran el aguinaldo en UOCRA
Tienen derecho a percibir el aguinaldo todos los trabajadores de la construcción registrados, tanto en empresas privadas como en obras públicas. El beneficio también alcanza a quienes se encuentren de licencia por vacaciones, enfermedad justificada o accidente laboral.
En los casos de renuncia o despido, corresponde el pago proporcional del SAC por los meses trabajados dentro del semestre.
Quedan excluidos de este régimen los trabajadores independientes, monotributistas y autónomos, salvo que exista una cláusula específica en algún acuerdo particular.
