ARCA anunció que los monotributistas dejarán de pagar un impuesto

El ente nacional comunicó los requisitos para obtener a esta bonificación. Cómo acceder a este beneficio de ARCA.

27 de febrero, 2025 | 04.40

En las últimas horas la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó un beneficio para un grupo específico de contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado quienes podrán acceder a una bonificación del 100 por ciento en el pago del Monotributo.

La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) remarcó que esto será siempre y cuando los contribuyentes cumplan con ciertos requisitos establecidos por el organismo creado por el gobierno de Javier Milei.

Al respecto ARCA señaló que otorgará una bonificación del 100 por ciento de la cuota del gravamen para aquellos contribuyentes monotributistas que tienen propiedades en alquiler. El objetivo del gobierno es incentivar la formalización de contratos de alquiler y fomentar la transparencia fiscal. 

Los monotributistas que hayan adherido al Régimen Simplificado exclusivamente para desarrollar la actividad de locación de hasta dos inmuebles podrán acceder a esta bonificación, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los primeros 15 días posteriores a la firma del contrato.
  • Estar inscriptos como monotributistas en la actividad de alquileres.
  • No contar con más de tres propiedades.
  • No superar los ingresos fijados para la categoría K del monotributo, que se actualizó a $ 82.370.281,28.

Cuál es el trámite para obtener la bonificación del Monotributo

  • Ingresar al Portal del Monotributo con clave fiscal y seleccionar la opción "Modificación locador de hasta 2 inmuebles- Beneficio Ley 27737". 
  • Informar el período a partir del cual correspondería la exención del impuesto integrado.
  • Ingresar al Sistema Registral para informar la actividad de locación. Se debe elegir el código de actividad "681098- Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados". 
  • Declarar el inmueble y su domicilio en el servicio con clave fiscal "Sistema Registral", opción "Inicio/ Registro Único Tributario", con destino comercial "Alquiler". Todos los locales o establecimientos declarados se contabilizarán  como una sola unidad de explotación. 
  • Los contratos de alquiler deben estar inscriptos en el "Registro de Locaciones de Inmuebles- RELI". 

Además desde la ex AFIP insistieron que la actividad de alquiler de inmuebles ahora se considera una sola unidad de explotación, sin importar la cantidad de propiedades alquiladas. Anteriormente, cada inmueble se contaba como una unidad independiente, y solo se permitía un máximo de tres para permanecer en el régimen de monotributo. 

Asimismo ARCA señaló que os pequeños contribuyentes que alquilen hasta dos unidades quedarán exentos del impuesto integrado correspondiente al monotributo, siempre que los ingresos provenientes de los alquileres sean los únicos obtenidos dentro de este régimen. 

Los monotributistas que tienen propiedades en alquiler podrán acceder a una bonificación.