La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que extenderá de manera excepcional el plazo para el pago de percepciones y retenciones correspondientes al Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y al Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).
En sintonía con esto, la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también extendió la fecha para la presentación de declaraciones juradas por parte de los contribuyentes.
Según el organismo creado en el 2024, esta decisión se tomó tras un pedido de las entidades representativas del sector financiero, las cuales expresaron su inquietud respecto a los ajustados plazos que resultaron de los feriados de Carnaval y Semana Santa.
Las nuevas fechas que dispuso ARCA para las declaraciones juradas y el pago de retenciones:
- Presentación de la declaración jurada con la información nominativa de las retenciones y percepciones de febrero de 2025 e ingreso del saldo resultante alcanzados por las resoluciones generales N.º 2233 y N.º 3726:
- CUIT 0-1-2-3-4: 11/3/2025
- CUIT 5-6-7-8-9: 12/3/2025
- Ingreso de las retenciones y percepciones practicadas en abril de 2025, entre los días 1 y 15, ambos inclusive alcanzados por las resoluciones generales N.º 2233 y N.º 3726:
- CUIT: 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9: 23/4/2025
Alquileres: el importante beneficio de ARCA para los propietarios
Con el objetivo de tener un mayor control sobre los contribuyentes, el gobierno de Javier Milei, a través de ARCA, comunicó un beneficio para quienes tienen propiedades en alquiler. La meta de la ex AFIP es que los propietarios decidan registrar los contratos a través de algunas exenciones para quienes cumplan con ciertos requisitos.
En ese sentido, ARCA oficializó la exención total en la cuota del gravamen para los monotributistas que alquilen propiedades y que opten por registrar sus alquileres dentro del Régimen Simplificado.
Los beneficios de ARCA para los monotributistas que tienen propiedades en alquiler:
- Eliminación del 100% de la cuota fija del monotributo.
- Exención del impuesto sobre transacciones bancarias para los ingresos generados por alquileres.
- Posibilidad de deducir un 10% anual en el Impuesto a las Ganancias.
Para acceder a estos beneficios de la ex AFIP, hay que inscribir los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los 15 días posteriores a su firma, estar registrados como monotributistas en la actividad de alquileres, no ser propietarios de más de tres inmuebles y no exceder el límite de ingresos establecido para la categoría K del monotributo.