ARCA modificó las condiciones para la facturación

La ex Afip incorporó una evaluación preventiva del comportamiento fiscal y patrimonial de los contribuyentes.

30 de junio, 2025 | 04.25

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó un importante cambio que afecta al régimen de emisión de comprobantes fiscales. Esto es para la emisión de facturas clase "A"

Esta disposición de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fue oficializada en la Resolución General 5716/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial e incorpora una evaluación preventiva del comportamiento fiscal y patrimonial de los contribuyentes.

Cuáles son los cambios en la facturación que implementó ARCA:

  • Quienes soliciten por primera vez la habilitación para emitir comprobantes no deberán encontrarse alcanzados por causales que los obliguen a emitir comprobantes clase "M".
  • Deberán acreditar determinados requisitos patrimoniales, como la tenencia de bienes en el país por encima del 15% del mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • No se habilitarán para emitir comprobantes clase 'A' ni se podrá optar por comprobantes clase 'A' con leyenda 'Operación sujeta a retención' a aquellos contribuyentes que hayan solicitado una o más bajas en el IVA en los últimos 12 meses.
  • Tampoco podrán emitir la factura si al momento de la última baja registrada estaban habilitados para emitir comprobantes clase 'M' o inhabilitados.

En relación a esta medida, ARCA implementó una simulación preventiva que se ejecuta de manera anticipada al proceso periódico de evaluación y seguimiento del comportamiento fiscal de los contribuyentes.

Esto le permite a los usuarios la posibilidad de corregir las inconsistencias e irregularidades detectadas de manera previa a la evaluación definitiva, cuya fecha se indicará en la notificación que recibirán y si regularizan la situación se brindará la posibilidad de solicitar un reproceso web de los controles, a efectos de recuperar la habilitación clase "A".

Esta nueva medida de la ex AFIP contempla que los contribuyentes que soliciten por primera vez comprobantes clase 'A' y registren inconsistencias o no acrediten las condiciones patrimoniales, serán autorizados a emitir comprobantes clase 'M'.

Asimismo, quienes o registren inconsistencias, pero no acrediten las condiciones patrimoniales, podrán ejercer la opción para emitir comprobantes clase 'A' con leyenda 'Operación sujeta a retención'. Esto sólo será válido para aquellos contribuyentes que lo manifiesten al momento de presentar las declaraciones juradas correspondientes.

Cabe recordar que ARCA implementó un registró obligatorio a través del cual los contribuyentes deberán registrar electrónicamente las operaciones, locaciones y prestaciones realizadas en cada cuatrimestre calendario.

Esta obligación hay que completarla con la presentación del 'Libro de IVA Digital' o la declaración jurada F. 2051, según corresponda. A partir de allí el organismo de control fiscal usará esta información para determinar si el responsable emitirá comprobantes clase 'A' o 'M'.

ARCA incorporó una evaluación preventiva del comportamiento fiscal y patrimonial de los contribuyentes.