En noviembre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes conocida como AFIP, comenzará a investigar a los usuarios de billeteras virtuales que acumulen saldos mensuales iguales o superiores a los límites establecidos por la entidad.
Esta iniciativa apunta a garantizar que el origen del dinero sea legítimo y que no existan irregularidades fiscales en las operaciones realizadas a través de estas plataformas.
En el caso de que los movimientos se expresen en moneda extranjera, monedas digitales o criptomonedas, será necesario convertir esos valores a su equivalente en pesos argentinos, según corresponda, para poder cumplir con las obligaciones de información que establece la normativa.
Además, las billeteras virtuales y cuentas bancarias no pueden registrar ingresos y egresos sin justificar que superen los 3 millones de pesos. Las entidades financieras y plataformas digitales están obligadas a reportar todas las transacciones, saldos y consumos que sobrepasen estos límites para mantener la transparencia del sistema.
ARCA actualizó los montos a reportar para mejorar el control sobre el flujo de dinero y evitar la circulación de fondos que provengan de fuentes ilícitas o no declaradas. De esta forma, las instituciones financieras deben estar atentas a las operaciones de sus clientes y notificar cualquier movimiento que exceda los montos establecidos.
Para que estos límites mantengan su vigencia y relevancia frente a la inflación, la ex AFIP ajustará automáticamente los montos cada seis meses, tomando como referencia las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esta actualización periódica asegura que el control sobre las operaciones financieras sea efectivo y acorde a la realidad económica del país.
Los límites de movimientos de dinero que estableció ARCA
- Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo.
- Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
- Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
