ARCA habilitó la devolución de percepciones del 2025

El paso a paso para solicitar la devolución de dinero a la ex AFIP.

07 de enero, 2026 | 04.10

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó en las últimas horas la solicitud para la devolución de las percepciones aplicadas sobre compras y gastos en monedas extranjeras realizadas durante el último año. 

Esto incluye los consumos con tarjeta en el exterior, servicios digitales y operaciones en moneda extranjera, entre otros, y según el tipo de contribuyente varía el mecanismo de recuperación.

Cómo solicitar la devolución de percepciones

Esto varía según el contribuyente. Por ejemplo, para los empleados en relación de dependencia con retenciones de Ganancias, las percepciones deben informarse a través del servicio SIRADIG – Trabajador, para que el agente de retención las compute en la liquidación anual del impuesto. El plazo vence el 31 de marzo.

Un dato a resaltar es que cuando el total de percepciones supere el impuesto determinado del período, el empleador solo reintegrará hasta dicho límite. El saldo no absorbido deberá recuperarse mediante la declaración jurada anual de Ganancias.

Otro caso es el de los contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales. Este grupo deberá computar las percepciones sufridas durante 2025 directamente en la declaración jurada anual, cuyo vencimiento es junio.

Por su parte, los Monotributistas y empleados sin retenciones de Ganancias o con retenciones de Bienes Personales deben solicitar la devolución mediante el servicio "Devolución de percepciones" disponible en la web de ARCA.

El organismo de recaudación nacional deberá aprobar la solicitud y si lo hace, la ex AFIP acredita el importe en la CBU declarada, adicionando los intereses correspondientes. En este caso el trámite no tiene plazo de vencimiento, aunque los intereses comienzan a correr desde la fecha de presentación.

Quiénes pueden acceder a la devolución de percepciones

Este es un beneficio para las personas que no se encuentren inscriptas en Ganancias o Bienes Personales, siempre que no estén obligadas a hacerlo. Para iniciar el trámite, los solicitantes deben contar previamente con CUIT, inscripción digital, Clave Fiscal, CBU informada ante ARCA y Domicilio Fiscal Electrónico constituido. La cuenta bancaria declarada será aquella en la que se efectúe la acreditación del reintegro, en caso de resultar aprobado.

Para pedir la devolución, hay que ingresar  con clave fiscal al servicio "Devolución de percepciones", a partir del 1° de enero del año siguiente a aquel en el que se practicó la percepción. Allí el sistema permite seleccionar el período mensual y visualizar las percepciones informadas por los agentes de percepción, identificando concepto y origen.

Los pasos para solicitar la devolución de percepciones.