La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió brindar un beneficio fiscal para las compañías más chicas de Argentina, conocidas comunmente como "microempresas".
En ese sentido, la ex AFIP extendió la ayuda orientada a reducir el costo laboral no salarial de estas empresas. La medida tenía fecha de vencimiento al cierre del año pasado, pero continuará durante el 2026.
A través de la Resolución 5817, publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional estableció que el beneficio regirá para las remuneraciones que devengaron entre agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2026. De esta manera, las microempresas podrán continuar utilizando una parte de lo abonado por el impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
ARCA estableció una mecánica para el cómputo de este alivio financiero, la cual permite que los empleadores encuadrados en la categoría de microempresa tomen hasta un 30 por ciento del impuesto al cheque efectivamente ingresado y puedan destinarlo a cancelar hasta el 15 por ciento de las obligaciones con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Cabe remarcar que esta herramienta fue implementada por primera vez por la entonces AFIP en el 2023. Desde el gobierno consideran que "subsisten los motivos que impulsaron el otorgamiento del beneficio” y por eso decidieron extenderlo.
Cómo acceder a este beneficio para las microempresas
Aquellas empresas que estén dentro del rango "micro" y quieran acceder a este beneficio deberán realizar la determinación nominativa de los aportes y contribuciones a la seguridad social utilizando el sistema informático “Declaración en línea”.
Una vez allí, tendrán que ingresar a través del release 5 de la versión 47, que ya se encuentra disponible en el sitio web del ente nacional y al que se accede con Clave Fiscal cómo todos los trámites de ARCA.
Una aclaración importante es que el cómputo del pago a cuenta sólo procederá respecto del importe percibido en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias durante el período mensual devengado de las contribuciones que se pretenden cancelar. Esto significa que no se pueden aplicar saldos de otros períodos.
