En Argentina, cada vez son más los trabajadores que ingresan en el sistema de monotributo ante la caída del empleo formal y por eso es importante cumplir ciertas normas para que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no te excluya.
Es importante mantenerse dentro del régimen simplificado para conservar la obra social y los aportes previsionales y para poder tener un ingreso declarado y evitar problemas con la ex AFIP.
En caso de quedar afuera, la persona queda obligada a inscribirse en el régimen general y tributar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias.
Los motivos por los que ARCA te puede expulsar del Monotributo
El principal motivo de sanción y hasta expulsión por parte de ARCA es que los contribuyentes no abonen sus cuotas mensuales en tiempo y forma. Un atraso en un pago genera intereses, pero si se acumulan diez períodos consecutivos de deuda, se produce la baja automática del régimen.
Cabe señalar que los monotributistas tuvieron tiempo hasta este lunes 20 para regularizar la cuota mensual de abril. Todos los 20 de cada mes, es la ficha límite impuesta por ARCA. En caso de que sea feriado o fin de semana, se pasa al siguiente día hábil.
Otra cuestión a la que todos los monotributistas deben prestar mucha atención es a mantener actualizados los datos personales en el portal oficial del fisco argentino, así como la categoría a la que pertenecen según sus ingresos y, en caso de tener variaciones en la facturación, realizar la recategorización.
Esto es vital, ya que cuando se superan los límites máximos de impuestos del régimen, cuando los gastos realizados no coinciden con los ingresos declarados y no se justifican correctamente, o cuando los precios unitarios de venta de bienes superan los valores permitidos, pueden llevar a la baja del sistema.
Quienes queden excluidos de régimen del Monotributo por falta de pago no podrán volver a adherirse al sistema hasta que transcurran tres años calendario desde la fecha de expulsión del mismo.
Otros motivos por los que ARCA te puede excluir del Monotributo son:
- Importar bienes o servicios para su posterior comercialización, ya que no es compatible con el Monotributo.
- Desarrollar más de tres actividades simultáneas.
- Contar con más de tres unidades de explotación.
- Declarar venta de productos cuando en realidad se prestan servicios.
- Falta de facturación o el registro incorrecto de operaciones.
