Las niñeras y cuidadores de adultos mayores perciben los mismos valores salariales en octubre que el mes anterior, dado que el último incremento pactado en paritarias impactó en septiembre y, hasta el momento, no se anunció una nueva actualización para el sector. Además, ya no se abona el bono extraordinario, que había sido acordado por tres meses consecutivos y se liquidó por última vez junto al sueldo de septiembre.
Los montos vigentes fueron publicados por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) y rigen tanto para quienes trabajan por hora como para aquellos que lo hacen bajo modalidad mensual, en las distintas categorías del régimen de empleados domésticos regulado por la Ley 26.844.
Cuánto cobran las niñeras por hora
Las personas que se desempeñan en tareas de cuidado de niños, adultos mayores o personas con discapacidad —actividad comprendida dentro de la cuarta categoría del régimen— deben percibir los siguientes valores mínimos, según su condición laboral:
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Con retiro: $3.293,99 por hora.
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Sin retiro: $3.683,21 por hora.
Estos montos aplican para quienes trabajan menos de 24 horas semanales con un mismo empleador. En todos los casos, deben respetarse las condiciones de registro, aportes y cobertura social correspondientes.
Para quienes cumplen jornadas de 24 horas semanales o más con un único empleador, los valores mínimos fijados para el mes de octubre son los siguientes:
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Con retiro: $416.485,63 por mes.
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Sin retiro: $464.129,59 por mes.
Estas cifras constituyen la base salarial, por lo que el empleador deberá adicionar los conceptos legales correspondientes, como antigüedad, aportes jubilatorios y obra social. En el caso de quienes trabajan en varias casas, el pago debe hacerse en forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado en cada una.
Zonas con adicional del 30%
El régimen de casas particulares establece un plus salarial del 30% sobre los montos mínimos para los trabajadores que prestan servicios en las zonas consideradas “desfavorables”, debido a las condiciones geográficas o climáticas.
Las jurisdicciones alcanzadas por este adicional son:
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La Pampa
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Río Negro
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Chubut
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Neuquén
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Santa Cruz
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Tierra del Fuego
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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Partido de Patagones, en la Provincia de Buenos Aires
Cómo registrar a una niñera o cuidador en ARCA
Todos los empleadores tienen la obligación de inscribir a los trabajadores de casas particulares en el Registro de ARCA (Administración de Recursos de la Casa Particular), independientemente de la cantidad de horas trabajadas o la modalidad de contratación.
El trámite puede realizarse de manera online, siguiendo estos pasos:
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Ingresar a la web de ARCA con clave fiscal. Si no se posee, debe gestionarse previamente.
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Cargar el número de CUIL del trabajador. El sistema traerá automáticamente los datos asociados.
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Completar los datos personales y laborales: tipo de tarea, modalidad, horas semanales, remuneración y fecha de ingreso.
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Indicar el domicilio laboral, es decir, dónde se realizan las tareas.
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Verificar y confirmar la información antes de finalizar el registro.
El recibo de sueldo también puede generarse desde la plataforma de ARCA. El sistema calcula automáticamente los aportes, contribuciones y deducciones según los datos ingresados, y permite emitir el comprobante para el empleador y el trabajador.