El Gobierno anunció un profundo cambio que impacta en el cálculo de indemnizaciones

El nuevo esquema para actualizar los montos contempla una combinación de tasas activas y pasivas pero con un techo en inflación más 3% y un piso en inflación menos 3%.

12 de enero, 2026 | 13.17

El gobierno de Javier Milei continúa recortando derechos a los trabajadores. El Banco Central publicó un nuevo mecanismo para establecer la tasa de actualización de los fallos judiciales con el objetivo de evitar "pérdidas a las empresas" y trasladarlas hacia los trabajadores, aduciendo que los jueces aplicaban un ajuste muy superior a la inflación. El nuevo esquema para actualizar los montos contempla una combinación de tasas activas y pasivas pero con un techo en inflación +3% y un piso en inflación -3%. "La idea en periodos de tasas reales negativas, distribuye los costos mas lógicamente entre las partes al ajustar por un poquito menos que la inflación", posteó este lunes el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

El Código Civil y Comercial, en su artículo 768, establece un orden para la actualización de los fallos. Primero el acuerdo entre las partes; luego, las leyes especiales; y, en ausencia de ambas, las tasas que reglamente el Banco Central. El problema fue que, durante gran parte del período reciente, el Banco Central publicó una tasa que no preservaba el valor real del crédito, esto es una inflación por encima de los rendimientos de los bancos (tasa de interés real negativa).

Ante la falta de una referencia operativa, los tribunales comenzaron a aplicar criterios diversos que se fueron homogeneizando. Algunos usaron tasas pasivas; otros, tasas activas; otros, combinaciones. En muchos juzgados laborales se generalizó la fórmula de inflación más un adicional, usualmente del 3% anual. El fundamento era simple: quien no cobra a tiempo pierde la posibilidad de usar ese dinero y obtener un rendimiento (lo que se conoce como costo de oportunidad).

El costo de la reforma: qué pasará con las indemnizaciones ahora

El Banco Central aprobó la creación de la Tasa de Intereses Moratorios (TIM), una serie estadística que combina tasas pasivas y activas del sistema bancario, pero con dos límites: no puede superar la inflación medida por el CER más 3% anual, ni ubicarse por debajo de la inflación menos 3%. La TIM no es obligatoria, pero se presenta como referencia general para los tribunales.

Para entender el impacto en los trabajadores, conviene comparar escenarios. Supongamos un trabajador despedido en enero de 2018, con una indemnización base equivalente a 100 unidades monetarias de ese momento. El juicio se resuelve y se paga en enero de 2025. La inflación acumulada en ese período fue cercana a 2.500%.

Si el juez aplica inflación más 3% anual, el monto final ronda, en términos reales, unas 115 unidades de poder adquisitivo respecto del inicio. El trabajador no gana: apenas compensa la espera con un margen limitado. Si, en cambio, se aplica una tasa que en promedio queda por debajo de la inflación —por ejemplo, inflación menos 3% en varios tramos, como habilita la TIM—, el resultado cambia. En ese caso, el crédito final puede representar entre 80 y 90 unidades reales. La pérdida no surge de una quita explícita, sino del método de actualización.

El punto central es que la TIM introduce una banda inferior que legitima, para períodos pasados, una actualización por debajo de la inflación. El argumento oficial es que eso “distribuye los costos” entre acreedor y deudor. En los juicios laborales, el acreedor es el trabajador despedido; el deudor, la empresa. Esa redistribución ocurre en un contexto particular. El trabajador llega al juicio luego de haber perdido su empleo y su ingreso. La empresa, aun con dificultades, mantiene la capacidad de trasladar costos, refinanciar pasivos o cerrar.

La explicación del Gobierno: cómo justificaron el cambio en las indemnizaciones

Sturzenegger buscó darle legitimidad al nuevo esquema, reconociendo que el mecanismo de actualización incluido en el proyecto de reforma laboral incluso era menos convenientes para el trabajador. Para las futuras indemnizaciones, se propone una actualización de inflación más 3%. Para los períodos anteriores al fallo, se aplicaría un esquema similar al de la TIM: tasas activas con un techo de inflación más 3% y un piso equivalente al 67% de ese valor. En términos prácticos, eso implica convalidar actualizaciones reales negativas en contextos de alta inflación y tasas reprimidas.

En un juicio típico que demora siete años, una diferencia de 2 a 3 puntos porcentuales anuales en la tasa real acumulada puede implicar una reducción del 20 al 30% del valor final del crédito. En casos más largos, el porcentaje es mayor. No se trata de excepciones: la duración promedio de los juicios laborales en grandes jurisdicciones supera los cinco años.

El Gobierno justifica el cambio como una forma de reducir el “riesgo judicial” y evitar fallos que generan montos impagables. Los ejemplos difundidos públicamente suelen ser casos extremos, con cifras elevadas y empresas al borde del cierre. Pero el universo de juicios laborales está compuesto mayoritariamente por indemnizaciones medias y bajas, donde el problema no es la magnitud del monto sino el tiempo.

La nueva tasa no impide que un juez aplique otro criterio ni deroga leyes especiales; pero introduce una referencia técnica con aval del Banco Central, que en la práctica tiende a ordenar el sistema.