El proyecto oficial del Súper RIGI, que el gobierno de Javier Milei envió al Congreso este martes, promueve un festival de exenciones impositivas a las grandes inversiones extranjeras, mientras sigue el achicamiento del gasto público y el ajuste a sectores desfavorecidos como los discapacitados y las universidades.
Mediante el "Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias", denominado Súper RIGI, el Gobierno busca incentivar las inversiones en sectores que todavía no tienen desarrollo a nivel local.
En el mensaje previo al texto borrador del proyecto, el Poder Ejecutivo señala que con el Súper RIGI apunta generar y desarrollar rubros como la "la inteligencia artificial, los semiconductores, la biotecnología avanzada y la infraestructura digital". Se diferencia así del RIGI original, que apunta al crecimiento de sectores ya existentes en el país, como la minería, la energía, la petroquímica, el turismo o la industria forestal.
En este sentido, el Súper RIGI puede ser más positivo que el régimen ya existente, dado que involucra a sectores que parecen conllevar un menor extractivismo sin valor agregado, ligados al desarrollo tecnológico digital, o en todo caso dar valor agregado a rubros como la minería. Y, sobre todo, habilitaría al surgimiento de nuevas industrias en el país, pese a que esté por verse si tendrán un impacto fuerte o no en el empleo.
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Los beneficios impositivos del Súper RIGI y la comparación con el RIGI original
Sin embargo, en este mismo afán, lo cierto es que el Súper RIGI termina estableciendo condiciones incluso más beneficiosas que el RIGI original, que significan un costo fiscal significativamente mayor para el Estado, aunque no especificado en el proyecto.
Es cierto que el umbral de ingreso es bastante más alto. El actual proyecto de ley lo fija en 1.000 millones de dólares, mientras que el RIGI existente lo fija en 200 millones. Pero, una vez traspasado, las inversiones que accedan, ya sean nacionales o extranjeras, gozarán de exenciones impositivas superiores.
Por ejemplo, el proyecto del Súper RIGI fija la alícuota del impuesto a las ganancias en 15% (en lugar del tope de 35% para empresas en general), mientras que en el RIGI original la alícuota de este impuesto es de un 25%.
Además, el Súper RIGI determina que, para participar, las provincias deberán adherir con un máximo del 0,5% de alícuota de Ingresos Brutos, mientras que tampoco podrán aplicar otros tributos como el impuesto a los sellos o regalías, una obligación que está ausente para los distritos en el RIGI original.
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Del mismo modo, el Súper RIGI promueve, en su borrador, un tope del 10% en contribuciones patronales para los nuevos puestos laborales que se creen, cuando el RIGI ya vigente no instituyó nada sobre este punto.
En tanto, el Súper RIGI busca establecer que el impuesto a las Ganancias por retiro de dividendos baja del 7% al 3,5% luego de los primeros cuatro años, lo que en el RIGI original ocurre recién luego de los siete años.
Otro mayor beneficio fiscal para el Súper RIGI se da en materia de derechos de exportación, ya que el proyecto señala que todos los proyectos adheridos estarán completamente exentos de pagar este impuesto, algo que en el RIGI recién sucede después del tercer año.
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La excepción se da respecto a los derechos de importación, ya que, probablemente por el tipo de sectores al que apunta, el Súper RIGI no permite exenciones sobre estos impuestos para, por ejemplo, bienes de consumo, incluidos en el RIGI ya vigente.
Por fuera de la dimensión fiscal, el Súper RIGI también establece condiciones más beneficiosas en materia de inversión, ya que determina que en los dos primeros años esta debe tener un mínimo del 20% del total, contra un 40% del RIGI original.
