Los trabajadores de menores ingresos pagan más impuestos que los de mayores salarios

El caso de menor ingreso tiene una suba explicada por un aumento de las contribuciones patronales, derivado de la suspensión de la reforma de 2017.

02 de julio, 2025 | 00.05

Mientras el mundo avanza hacia un modelo impositivo progresivo, en la Argentina de Milei la regresividad del esquema tributario llega a situaciones inverosímiles. Los trabajadores de menores ingresos pagan más impuestos y contribuciones que quienes detentan mayores salarios. Los menores ingresos tienen una suba impositiva mayor explicada por un aumento de las contribuciones patronales, derivado de la suspensión de la reforma de 2017, según un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

La regresividad se explica por dos factores clave: aportes personales: el trabajador con menor ingreso aporta un 13,7 por ciento del total, mientras que el de mayor ingreso solo un 6,3 por ciento; e impuestos al consumo: como el IVA y otros tributos indirectos, afectan proporcionalmente más a los salarios bajos, ya que consumen una mayor parte de su ingreso disponible.

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La investigación del IARAF vuelve a poner en evidencia una estructura tributaria desbalanceada, ineficiente y regresiva, que no solo desalienta el empleo formal, sino que castiga en mayor medida a quienes menos ganan. Una reforma impositiva integral, que avance hacia un esquema más progresivo, con mayor simplificación y reducción de impuestos distorsivos, se presenta como una necesidad impostergable para promover el crecimiento económico y aliviar la carga sobre trabajadores y empresas.

El estudio plantea cuatro casos de ingresos mensuales: 1) 1.550.000 pesos, 2) 3.380.000 pesos, 3) 4.950.000 pesos y 4) 7.100.000 pesos. El caso 2 y el caso 3, con ingresos 118 y 219 por ciento más altos que el caso 1, respectivamente, pagan entre 1,5 y 2 puntos porcentuales menos de impuestos. El caso 4, con ingresos un 360 por ciento mayores al caso 1, paga solo 0,6 puntos porcentuales más.

El estudio analiza la carga tributaria para cada uno de los cuatro casos de ingresos considerados, tanto para el año 2019 como para el 2025. Analizando el caso 1 entre ambos años, se observa que la carga tributaria para el caso de menor ingreso (trabajador asalariado que tiene un sueldo bruto mensual de 1.550.000 pesos) subió de 48,8 por ciento en 2019 a 49,3 por ciento en 2025. En el caso 2 aparece una diferencia importante, ya que en 2025 descendió 2,8 puntos porcentuales (p.p.) respecto a 2019. Este perfil de ingresos tiene un sueldo bruto mensual que
es un 118 por ciento mayor que el del caso 1, es decir de 3.380.000 pesos.

Por su parte, los casos 3 y 4 tuvieron descensos de carga tributaria de 7,5 p.p. y de 7,8 p.p., respectivamente. En el caso 3 el sueldo bruto mensual (4.950.000 pesos) es un 219 por ciento mayor al del caso 1 y en el caso 4 (7.100.000 pesos) es un 358 por ciento mayor al del caso 1.

Más a los que más tienen

En 2019 la carga tributaria del tributo se incrementaba a medida que el ingreso del individuo aumentaba, mientras que en 2025 la carga tributaria fue prácticamente igual para los cuatro casos de ingresos considerados. "Es decir, el impuesto pasó de tener un esquema progresivo a uno proporcional", explica el IARAF. Para el primero la carga del impuesto aumentó 2 p.p. entre 2019 y 2025. En el segundo caso el incremento fue de 0,9 p.p., en el tercero de 0,6 p.p. y en el cuarto caso de 0,4 p.p. En este punto ya se confirma que el aumento de carga tributaria total para el caso 1 está principalmente originada en esta suba de contribuciones patronales.


Esta situación se produjo porque se dejó prácticamente sin efecto la suerte de mínimo no imponible creciente que estipulaba la reforma tributaria de finales de 2017. Uno de los puntos de esta reforma fue permitir la deducción de 12.000 pesos del salario bruto de los trabajadores, comenzando con un 20 por ciento en el primer año e incrementando y ajustando ese valor hasta llegar al monto estipulado en el quinto año de aplicación, deducción que actuaba como una especie de salario no imponible en lo referente a las contribuciones patronales. Esta medida le daba un carácter de progresiva a esa imposición, ya que el monto a deducir era relativamente más importante a medida que menores eran los salarios y, por consiguiente, la reducción en la alícuota efectiva iba perdiendo significatividad a medida que aumentaban los salarios.

Esta reforma fue suspendida en su aplicación luego de los dos primeros tramos (o sea 40 por ciento de los 12.000 pesos) y se eliminó la actualización de ese importe, lo que, sumado al fuerte proceso inflacionario vivido, hace que el monto a descontar en la actualidad ($7.003) sea completamente insignificante y de nuevo la alícuota de las contribuciones patronales haya vuelto a ser plana para todos los niveles de ingreso.

En el caso de los aportes personales, el tributo presenta una estructura regresiva en ambos años: la carga tributaria sobre el ingreso total disminuye a medida que aumenta el ingreso del asalariado. Respecto de las diferencias entre los casos analizados, se observa una menor carga tributaria en 2025 para los cuatro casos. En el primero, la reducción entre períodos es de 0,35 puntos porcentuales; en el segundo, de 0,71 p.p.; en el tercero, de 3,84 p.p.; y en el cuarto, de 2,64 p.p.

En este caso, lo importante es que el salario tope aumentó 27,5 veces contra 39 veces que aumentó el salario bruto considerado en el análisis. Por lo tanto, al aumentar menos el tope que el sueldo, se produce una reducción de la alícuota efectiva de los niveles de ingresos alcanzados por ese tope, lo que hace que baje más en los últimos dos casos. Obvio que es regresivo una medida que implica que los niveles más altos de ingresos tributen una alícuota efectiva menor. Ese es un rezago del sistema de afiliación de AFJP, en el cual, como esos aportes iban a las AFJP, se le puso un tope para que el empleado decidiera si quería aportar voluntariamente más para tener mejor jubilación o no. ¿Una medida para estimular la jubilación privada?