Rafecas ordenó aplicar un juicio en ausencia por el atentado a la AMIA

Se juzgará a 10 acusados (libaneses e iraníes) que llevan décadas prófugos. 

26 de junio, 2025 | 11.07

El juez federal Daniel Rafecas resolvió  implementar un juicio en ausencia en la causa por el Atentado a la AMIA  contra los 10 acusados (libaneses e iraníes) que llevan décadas prófugos. Se trata de exfuncionarios del gobierno iraní y miembros de Hezbollah, señalados como responsables de planificar y ejecutar el ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 150 heridos. 

La medida fue a pedido de la UFI AMIA y se definió en base a la nueva ley de juicio en ausencia, sancionada por el Parlamento este año, que permite avanzar en procesos penales, cuando los acusados eluden de forma sistemática a la justicia.

 
El fallo de Rafecas, sostiene que los acusados fueron declarados rebeldes hace años, saben perfectamente que están siendo buscados y nunca respondieron a los pedidos de extradición. La investigación apunta a que el atentado habría sido organizado desde las más altas esferas del régimen iraní, con apoyo logístico y operativo de Hezbollah en Argentina y en la Triple Frontera.
 
 
Con esta decisión -que rechazó todas objeciones de la Defensa Oficial frente al nuevo sistema-, el tribunal busca que el caso avance hacia el juicio oral pese a la ausencia de los acusados, para evitar que los crímenes queden impunes y dar una respuesta judicial después de más de 30 años de espera. En tanto, el fallo del juez Rafecas es apelable ante la Cámara Federal.

"Declarar, de conformidad con el artículo 431 quáter “in fine” que el presenta proceso habrá de proseguir en ausencia, respecto de ALÍ FALLAHIJAN, ALÍ AKBAR VELAYATI, MOHSEN REZAI, AHMAD VAHIDI, HADI SOLEIMANPOUR, AHMAD REZA ASGHARI, MOHSEN RABBANI, SALMAN RAUF SALMAN, ABDALLAH SALMAN y HUSSEIN MOUNIR MOUZANNAR, todos ellos identificados por sus condiciones personales en el exordio", resuelve el documento.

Rafecas ordenó aplicar un juicio en ausencia por el atentado a la AMIA

 
En este sentido, el juez sostuvo que "no pierde de vista que esta es una situación excepcional y que declarar la apertura del proceso en ausencia es una decisión que se toma en un marco atípico, inédito incluso". Por lo que afirmó que "este tipo de decisiones no suprimen las garantías ni el debido proceso". "El trámite seguirá teniendo sus etapas, sus exigencias, sus evaluaciones. Y cada una será una nueva oportunidad para controlar lo hecho, revisar lo que falta, exigir lo que no se cumplió", agregó.
 
Ya el 20 de marzo pasado, la querella de familiares de las víctimas de la AMIA pidió a Rafecas y el fiscal Basso aplicar este concepto en la AMIA. Este pedido fue presentado por la defensa de los familiares de las víctimas Czyzewski y Averbuch. ”El juicio en ausencia era indispensable para resolver los casos de terrorismo en Argentina. No existen razones jurídicas de peso para oponerse", dijo el abogado defensor de las víctimas.

AMIA: el pedido a Rafecas para que aplique el juicio en ausencia contra iraníes prófugos

La Unidad Fiscal de Investigación (UFI) del atentado contra la sede de la AMIA le solicitó al juez federal Daniel Rafecas que se aplique la Ley de Juicio en Ausencia y pueda avanzar con 10 prófugos de la causa, incluidos los ciudadanos iraníes declarados rebeldes en la causa. El titular de la UFI AMIA, Sebastián Lorenzo Basso, fue quien solicitó la aplicación de la Ley 27.784 de Juicio en Ausencia, al juez Rafecas, quien subroga el Juzgado Federal 6 donde tramita la causa. Esta herramienta, incorporada en marzo a la legislación procesal vigente, permitirá la posibilidad de llevar a juicio a aquellos imputados que fueron declarados "rebeldes" en el expediente.
 
 
De esta manera, Basso pidió el juzgamiento de Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Según el Ministerio Público Fiscal, este pedido está en línea con los dictámenes emitidos por la UFI AMIA el 25 de octubre de 2006 y el 20 de mayo de 2009, cuando se había argumentado que el atentado "fue ejecutado por la división armada y clandestina de la organización de origen libanés Hezbollah" y que contó "con autorización, directivas y financiamiento de quienes por entonces se encontraban a cargo del gobierno de la República Islámica de Irán y de la representación diplomática de ese país en la Argentina".
 
Estos imputados fueron declarados "rebeldes" y si bien tienen conocimiento del proceso en su contra, nunca se presentaron ni acataron los requerimientos de la Justicia argentina. Además, se solicitaron capturas internacionales y extradiciones a fin de lograr su comparecencia en el país, sin obtener resultado. Este es el motivo por el cual se reclama ahora el avance del juicio en ausencia.

Qué es el juicio en ausencia

Esta ley rige desde marzo de este año, cuando fue publicada en el Boletín Oficial tras la aprobación del Senado de la Nación a fines de febrero. La ley modifica una serie de artículos del Código Procesal Penal que ahora permiten juzgar en el país a acusados de delitos graves que no estén en el territorio. La iniciativa modifica la legislación procesal penal para garantizar que los procesos judiciales continúen incluso si el imputado no se presenta. Es una herramienta que se aplicará en casos donde el acusado haya sido declarado en rebeldía por el juez tras no comparecer ante el tribunal, ausentarse de su domicilio sin justificación o fugarse de su lugar de detención.