Presentan un amparo para que Milei aplique la ley de Emergencia en Discapacidad: "No le interesa la contención social"

El pedido responde a la suspensión decretada por el Gobierno nacional. La candidata a diputada Marta Lastra busca que se "declare la nulidad absoluta del decreto cuestionado y ordene la aplicabilidad inmediata de la ley con efecto expansivo e integral en todo el país". 

25 de septiembre, 2025 | 17.07

Luego de que el gobierno de Javier Milei promulgara la Ley 27.793 que declara la Emergencia Nacional en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, pero suspendiera su ejecución, la candidata a diputada nacional por el frente Defendamos Córdoba Marta Lastra presentó recurso de un amparo colectivo contra la nueva embestida del Presidente. La cofundadora de la Fundación Familias CEA Córdoba aseguró que "la familia de la discapacidad está en una situación extremadamente crítica"

El Ejecutivo decidió establecer la ley tras la insistencia del Congreso con mayoría especial en ambas cámaras, en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional. Sin embargo, el Decreto 681/2025 invoca el artículo 5 de la Ley 24.629 y el artículo 38 de la Ley 24.156, que exigen la inclusión de créditos presupuestarios y fuentes específicas para leyes con impacto fiscal.

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En este panorama crítico que enfrentan no solo las personas con discapacidad, sino también las familias, profesionales y organizaciones que nuclean a este colectivo, Lastra señaló la necesidad de que este recurso "declare la nulidad absoluta del decreto cuestionado y ordene la aplicabilidad inmediata de la ley con efecto expansivo e integral en todo el país". 

La candidata integra la lista que encabeza Natalia de la Sota es abogada, docente universitaria y vive en carne propia la lucha de uno de los sectores más afectados por las medidas de Milei, ya que es madre de un niño con autismo y debe hacerle frente a la insensibilidad de la administración libertaria. Asimismo, sostuvo que, a través de este decreto donde "se expresa la crueldad y la burla", todo el colectivo "sigue recibiendo ataques a pesar de que el Poder Legislativo ratificó la ley" que declara la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2026 (prorrogable 1 año).

"El presidente Milei habla a través de sus decisiones. No le interesan las personas con discapacidad ni los sistemas sociales o de contención social para los sectores que están en desventaja. No le interesan las universidades, la salud, ni las investigaciones a través del CONICET, y puedo seguir enumerando todos los sectores que se están viendo atacados por sus políticas".

En el texto oficial, el gobierno de Milei apuntó que el presupuesto vigente de la Administración Nacional “no cuenta con créditos suficientes para afrontar su aplicación”. Justificó que si se destinaran todas las partidas disponibles del presupuesto de los tres poderes del Estado al cumplimiento de la ley, “ello resultaría igualmente insuficiente para atender en plenitud las obligaciones allí impuestas”.

Frente a la pobre argumentación del Ejecutivo, Lastra planteó que, si el mandatario prioriza el envío de fondos para organismos como la SIDE antes que para los sectores más vulnerables, "quiere tapar algo". En esa línea, aseguró que no está en contra de la eliminación de retenciones, pero lo ve "como una decisión extremadamente política, porque tiene encima las elecciones y tiene la soga al cuello". 

Baja de pensiones sin justificación en Córdoba: "Los quieren estigmatizar"

El plan de crueldad por goteo con auditorías masivas que llevó adelante el Gobierno desembocó en el dato que confirmó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos: se dieron de baja 111.463 pensiones por invalidez. "Es un número que de lo único que habla es de la intención pura y dura de recortar, un indicador de que solo interesan las cifras y no las personas y el ejercicio de sus derechos", advirtió en diálogo con El Destape Varina Suleiman, abogada de la Red por los Derechos de las personas por la Discapacidad. La presentación del proyecto de Ley de Presupuesto 2026 había dado una pauta: en ese texto, el Gobierno prevé que entre este año y el próximo habrá 155.606 pensiones menos (sobre un total de 1.133.549 en la actualidad).

En este marco, Lasta repudió la baja de pensiones sin justificación: "No encuentro los adjetivos porque estamos hablando de situaciones extremas. La persona que tiene un beneficio asistencial de una pensión no contributiva no es una persona que quiere estafar al Estado", afirmó. "Es una persona que no puede trabajar porque tiene una deficiencia o algún diagnóstico que le impide trabajar y no tiene los medios. Esta es la figura de la pensión por invalidez laboral. Pero hoy por hoy, lo quieren estigmatizar de una manera en la que son vividores del Estado. Esta gente está en una situación de pobreza y tiene una discapacidad, no finge nada", dijo para tirar abajo el relato libertario. 

En tanto, advirtió por el ajuste que lleva adelante el jefe de Estado y dijo que "los aranceles que son tenidos en cuenta y representan el piso para el pago de prestaciones en materia de discapacidad se encuentran congelados desde noviembre del año pasado y su último aumento fue del el 0,05%". "El ejecutivo, a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), jamás dispuso de que se reúna el directorio, que es el que debe actualizar los valores", apuntó. 

Recurso de amparo para que el Gobierno nacional aplique la ley de Emergencia en Discapacidad: qué dice el texto

En el texto del amparo, se solicita una medida cautelar que declare "la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del art. 2 del Decreto Presidencial N.º 681/2025 publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 22/09/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la suspensión de la ejecución de la Ley 27.793. Todo ello debido declararse la nulidad absoluta del decreto cuestionado y la aplicabilidad inmediata de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, con efecto expansivo a todo el colectivo representado". 

En cuanto a la legitimación colectiva, se plantea que "el actor posee derecho suficiente para representar los intereses de toda las personas que integran la población de personas con discapacidad acreditada mediante C.U.D. vigente y que reciben prestaciones del sistema de salud en el marco de la Ley 24.901 y Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, las cuales se ven también afectadas por la suspensión de la Ley 27.793".

Allí se plantea que la presente emergencia nacional "tiene por objeto efectivizar el cumplimiento de la obligación del Estado nacional, asumida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de jerarquía constitucional otorgada por la ley 27.044, de modificar leyes y decretos y de adoptar medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para asegurar, entre otros, los derechos al nivel adecuado de vida, salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección social y trabajo de las personas con discapacidad".

El crédito presupuestario disponible, sin afectar partidas de servicios sociales, asciende a $2.302.526.621.430, cifra que no cubre el costo total estimado de la reforma. “Para cumplir con la ejecución de la Ley N.º 27.793 sería ineludible disponer un aumento total del monto del presupuesto, el que solo puede ser autorizado por el Congreso Nacional”, señalaron en el texto oficial del Gobierno. La respuesta por parte de la candidata a diputada, en representación del colectivo de discapacidad, afirma que "no se encuentra aún aprobada la Ley de Presupuesto 2025, por lo que resultan prematuras las consideraciones efectuadas por el Sr. jefe de Estado al remitirse a una partida presupuestaria futura, la que aún no ha tenido siquiera tratamiento en el Congreso de la Nación". 

También remarca que "el derecho a la salud, desde el punto de vista normativo, está reconocido en los Tratados Internacionales con rango constitucional (art.75 inc.22), entre ellos, el art.12 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; inc.1°, arts.4 y 5 de la Convención sobre Derecho Humanos –Pacto San José de Costa Rica-, inc.1° del art.6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, extensivo no solo a la salud individual, sino también a la salud colectiva (conf. Fallos: 323:1339) (del dictamen del Procurador General, en el fallo CS citado)".