Quiénes están obligados a votar y quiénes no en las elecciones 2025

No todos los ciudadanos tienen la misma obligación: algunos deben votar, otros pueden optar por no hacerlo. Qué dice la ley, cómo justificar una ausencia y quiénes quedan exceptuados.

21 de octubre, 2025 | 17.09

Las elecciones legislativas 2025 se desarrollarán bajo el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), una norma que, pese a su antigüedad, continúa definiendo los derechos y deberes de los votantes argentinos. En un contexto en el que el voto es considerado un pilar de la democracia, la ley mantiene su espíritu: el sufragio es secreto, universal, igual, libre y obligatorio.

Sin embargo, con el paso del tiempo, el sistema incorporó matices y excepciones. La Ley 26.774 de Voto Joven (2012) permitió que los adolescentes de 16 y 17 años puedan votar de manera optativa, mientras que los adultos mayores de 70 años ya no están obligados a concurrir a las urnas. De acuerdo a la Cámara Nacional Electoral (CNE), en el padrón de 2025 figuran todos: jóvenes, adultos, jubilados y argentinos residentes en el exterior.

Quiénes deben votar: el deber cívico de los 18 a los 70 años

La obligación de votar alcanza a todos los argentinos empadronados entre los 18 y los 70 años, sin excepción. La CNE recuerda que el voto no es solo un derecho, sino un deber ciudadano, y que no presentarse sin causa válida puede derivar en multas económicas y restricciones para trámites públicos, como la obtención de pasaportes o certificaciones oficiales.

También están obligados a votar los argentinos residentes en el exterior que estén inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el Exterior y opten por participar (ya sea de manera presencial o por correo postal). 

Elecciones 2025.

Quiénes están exceptuados: voto optativo o justificado

El voto optativo rige para dos grupos principales: los jóvenes de 16 y 17 años y los mayores de 70 años. Ninguno de ellos está obligado a justificar su ausencia en caso de no concurrir.

Por otro lado, hay situaciones específicas en las que un ciudadano puede no votar sin recibir sanción:

  • Enfermos o imposibilitados que presenten un certificado médico oficial.
  • Trabajadores de servicios públicos o esenciales que acrediten su labor con una constancia del empleador.
  • Personas a más de 500 km de su mesa de votación, que deberán justificarlo en la comisaría más cercana.
  • Jueces y auxiliares que presten servicios durante la jornada electoral. 

Qué pasa si no se vota y no se justifica

La no emisión del voto sin una causa justificada se castiga con una multa y la inclusión del ciudadano en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que impide realizar trámites en organismos estatales por un tiempo determinado. Para evitar sanciones, la CNE habilita un sistema online de justificación de inasistencias dentro de los 60 días posteriores a la elección.