Reforma laboral: uno por uno, los cambios que impactan en salarios, despidos y huelgas

La Cámara Baja ratificó el texto aprobado en el Senado y dejó lista la reforma laboral para su sanción definitiva. El proyecto redefine convenios colectivos, limita el derecho de huelga, introduce cambios en indemnizaciones y crea un fondo para despidos.

23 de febrero, 2026 | 13.39

La reforma laboral ya tiene media sanción definitiva en Diputados. Con la luz verde de la Cámara Baja, el oficialismo dejó firme el texto que había llegado del Senado y avanzó en una batería de cambios que impactan en contratos de trabajo, negociación colectiva, derecho de huelga, indemnizaciones y el rol de los sindicatos. Solo quedó afuera el artículo referido a enfermedades y accidentes de trabajo.

La iniciativa modifica la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Asociaciones Sindicales y suma un nuevo régimen para inversiones. También introduce cambios en Justicia laboral, impuestos y deroga estatutos especiales, entre ellos el Estatuto del Periodista Profesional.

Contratos y negociación colectiva

Uno de los ejes es la descentralización de los convenios. El texto establece que los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor. En la práctica, se fortalece la negociación por empresa y se reduce el peso de los acuerdos sectoriales amplios. Además, se elimina la ultraactividad plena: los convenios vencidos no mantendrán todos sus efectos hasta que se firme uno nuevo. Solo seguirán vigentes las cláusulas vinculadas a condiciones de trabajo.

En materia salarial, se habilita un esquema “dinámico”. Podrán incorporarse componentes retributivos adicionales -transitorios, fijos o variables- tanto en acuerdos colectivos como mediante acuerdos individuales o decisión unilateral del empleador, por encima del salario básico. También se incorpora la posibilidad de pagar remuneraciones en moneda extranjera, además de las modalidades ya previstas en el régimen actual.

Indemnizaciones y despidos

Se mantiene el criterio de una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Sin embargo, se aclara que no se computarán conceptos de pago no mensual, como el aguinaldo, vacaciones o premios extraordinarios.

Para el pago de sentencias laborales firmes, se habilita la cancelación en hasta seis cuotas mensuales consecutivas -12 en el caso de pymes- ajustadas por IPC más una tasa del 3% anual. El monto final quedará sujeto a interpretación judicial.

Se crea además un Fondo de Asistencia Laboral para financiar despidos, que se integrará con un aporte mensual del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. A cambio, las compañías accederán a descuentos en contribuciones patronales destinadas a la ANSES.

Jornada, banco de horas y vacaciones

El proyecto incorpora el banco de horas. Se podrá compensar una mayor jornada en un día con una menor en otro, siempre sin superar el máximo legal semanal. La jornada diaria podrá extenderse hasta 12 horas, con 12 horas obligatorias de descanso, y compensarse en otra fecha.

Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente y podrán dividirse en períodos no menores a siete días. El empleador deberá notificar con al menos 45 días de anticipación, salvo que convenios colectivos establezcan otro sistema.

Sindicatos y derecho de huelga

En el plano sindical, se fija un tope del 2% para las cuotas solidarias. Las asambleas en los establecimientos requerirán autorización del empleador. A los delegados se les reconocerá un crédito de hasta 10 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.

La reforma limita el derecho de huelga al ampliar la categoría de “servicios esenciales”, que deberán garantizar una cobertura mínima del 75%, y crear la figura de “servicios trascendentales”, con un piso del 50%. Los bloqueos que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza podrán ser considerados infracciones muy graves.

Tercerización, plataformas y nuevos empleos

Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal cuando contrata a una tercera para prestar servicios. Los trabajadores serán considerados empleados directos de quien registre la relación laboral.

En el caso de plataformas, los repartidores pasan a ser considerados “prestadores independientes”, sin relación de dependencia, aunque las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación. Se prevén incentivos para la contratación de nuevo personal, con rebajas en contribuciones patronales.

Antigüedad y certificados médicos

El tiempo trabajado previamente con el mismo empleador se computará como antigüedad si el reingreso ocurre antes de dos años. Si el plazo supera ese período, no se reconocerá la antigüedad anterior. En materia de inasistencias por enfermedad o accidente inculpable, se establecen requisitos formales para la validez de los certificados médicos. Ante discrepancias, podrá convocarse a una junta médica.

Impuestos, Justicia laboral e INCAA

El proyecto deroga impuestos internos a embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y productos suntuarios. Exime los intereses de plazos fijos en dólares y la venta de inmuebles destinados a casa-habitación desde 2026, y propone beneficios para la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego agroindustrial. También establece el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.

En el plano cultural, posterga hasta 2028 la eliminación de los fondos que financian al INCAA provenientes del 10% de las entradas de cine, el 10% sobre videogramas y el 25% de la recaudación del Enacom.

Derogaciones clave

Entre las derogaciones, se incluye la ley de teletrabajo, que será reemplazada por modalidades más flexibles, y la eliminación de estatutos específicos —como el Estatuto del Periodista Profesional— en el plazo de un año desde la eventual sanción definitiva.

Con la aprobación en Diputados, la reforma laboral entra en su tramo final. Si el Senado la convierte en ley esta semana, el Gobierno avanzará con una reconfiguración profunda del régimen laboral argentino, con impacto directo en contratos, sindicatos, huelgas e indemnizaciones.