La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de comercialización y uso de un jabón líquido para la ropa importado, de un lote de bombas de infusión y la baja de una empresa farmacéutica. Las medidas fueron oficializadas a través de las disposiciones 259/2026, 492/2026 y 499/2026 publicadas en el Boletín Oficial. Según informó el organismo, en los tres casos se detectaron irregularidades vinculadas con la habilitación y/o la inscripción en los registros correspondientes.
En relación con el producto de limpieza, se trata del detergente “Tide ORIGINAL”, que no contaba con rótulo en idioma español. El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendó prohibir la venta y el uso de todos los lotes en el país. La investigación se inició a partir de una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios, donde se alertó que el artículo “Tide Original. 17 LOADS BRASSEES. 739 ml. P&G. smartlabel” se comercializaba en un supermercado de Pilar, provincia de Buenos Aires, sin sobrerotulado en español y sin el número de registro nacional obligatorio. El envase presentaba únicamente inscripciones en inglés.
La empresa GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L., inscripta ante la ANMAT bajo el RNE N° 020048208 como importadora y exportadora de productos de uso doméstico, quedó bajo la lupa. En un primer momento sus representantes dijeron desconocer el origen del lote denunciado, pero luego asumieron responsabilidad cuando se presentó una muestra que permitió identificar el número de lote. La firma declaró además que no contaba con contramuestras, incumpliendo las exigencias regulatorias de trazabilidad. El área técnica ordenó el retiro inmediato del lote y recomendó iniciar un sumario sanitario contra la compañía y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, por el incumplimiento de normas sobre rotulado en idioma nacional y conservación de contramuestras.
Por otra parte, la ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de bombas de infusión reportadas como extraviadas por la empresa ICU Medical Argentina S.R.L. Se trata de unidades Plum A+TM con números de serie 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456 y 18301723, y de una Plum360TM con número de serie 20852391. La medida se adoptó al desconocerse el estado y las condiciones en las que se encuentran los equipos.
Ambos dispositivos, clasificados como riesgo III y registrados a nombre de la firma denunciante, están indicados para infusiones parenterales, enterales y epidurales. En el caso de la Plum360TM, también se utiliza para la administración de sangre y hemoderivados.
En tanto, el organismo informó la baja de IDEFARMA S.R.L. como establecimiento habilitado para el acondicionamiento de especialidades medicinales. La decisión se tomó luego de constatarse la falta de actividad desde su habilitación en su planta de Adrogué, provincia de Buenos Aires, y tras la conformidad del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). La empresa estaba autorizada para el acondicionamiento primario de especialidades medicinales sólidas no estériles en blisters, cintas y sobres, sin principios activos betalactámicos, citostáticos ni hormonales, además de tareas de acondicionamiento secundario.
La ANMAT recordó que, de acuerdo con la Ley N° 16.463, toda actividad vinculada con la producción, fraccionamiento y comercialización de medicamentos requiere autorización expresa y control de la autoridad sanitaria, y debe realizarse en establecimientos que cumplan con la normativa vigente para resguardar la salud pública y la economía del consumidor.
