La ANMAT prohibió productos de limpieza y cosméticos por falta de registro sanitario

El organismo sanitario ordenó la prohibición de una lavandina, productos para la limpieza de automóviles y cosméticos para el cabello tras detectar que no contaban con inscripción sanitaria ni registros habilitantes para su comercialización en el país.

10 de febrero, 2026 | 06.58

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de distintos productos de limpieza y cosméticos en todo el país, al detectar que no contaban con la correspondiente inscripción sanitaria. Las medidas fueron oficializadas este martes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones.

A través de la Disposición 341/2026, el organismo ordenó la prohibición del uso, la comercialización y la distribución de todos los lotes del producto rotulado como “Agua Lavandina Común. Val Chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l”. Además, instruyó el inicio de un sumario sanitario contra la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. y su director técnico, Oscar Gabriel Horacio Fernández.

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Según consta en los considerandos, las actuaciones se iniciaron tras una verificación del Servicio de Domisanitarios, que constató que el producto no contaba con número de registro ante la ANMAT. Si bien la empresa posee habilitación nacional para el rubro, el producto en cuestión no se encontraba inscripto. Los representantes de la firma reconocieron su elaboración y admitieron que no tenía aval sanitario, aun cuando afirmaron que no había sido comercializado.

Por otra parte, mediante la Disposición 360/2026, la ANMAT aplicó la misma medida sobre una serie de productos domisanitarios destinados a la limpieza y al acabado de superficies de automóviles y motocicletas. La prohibición alcanza a las marcas Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil, con excepción del producto silicona aromatizada de la marca Fenix.

En este caso, el organismo explicó que recibió denuncias vinculadas a la legitimidad de los productos, los cuales se promocionaban y vendían a través de páginas web, redes sociales y plataformas digitales sin contar con el registro correspondiente. Las investigaciones revelaron que varias de las firmas responsables no estaban debidamente inscriptas o no respondieron a las notificaciones oficiales, mientras que en otros casos no se hallaron registros ni a nivel nacional ni provincial.

En tanto, la Disposición 361/2026 estableció la prohibición de todos los productos cosméticos de la marca LG – La Gefa Cosmética VIP, en cualquiera de sus presentaciones, lotes y vencimientos. La medida alcanza a cremas, sérums, shampoos, máscaras capilares, productos de alisado y tratamientos sin formol, todos ellos sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado.

De acuerdo con la ANMAT, se detectó la oferta de estos cosméticos para el cabello a través de canales electrónicos, sin que existan registros válidos en la base de datos oficial del organismo. Ante la imposibilidad de identificar el establecimiento elaborador y de verificar la seguridad, eficacia y composición de los productos, se resolvió suspender su comercialización para proteger a los potenciales usuarios.