Peligro por un perfume prohibido: ANMAT ordenó retirar urgente el producto de una marca reconocida

La ANMAT prohibió la venta de un perfume por riesgo sanitario tras detectar partículas extrañas y fabricación irregular. La empresa deberá recuperar todas las unidades y enfrentar un sumario sanitario.  

14 de abril, 2026 | 07.59

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir la comercialización, uso, publicidad y distribución en todo el territorio nacional de un lote de perfumes de la marca Leduf. La medida alcanza a a un lote puntual del producto extracto de perfume Thone ya que se detectaron irregularidades que comprometen la seguridad sanitaria de los consumidores.  

En primer lugar, mediante la resolución 1859/2026 publicada en el Boletín Oficial, la disposición incluye todas las presentaciones y contenidos netos del “Lote 1469; Vencimiento 06/27”, sin excepción, y responde a hallazgos surgidos de procedimientos rutinarios de cosmetovigilancia. Estos controles, orientados a garantizar la calidad y seguridad de los productos cosméticos, permitieron identificar la presencia de partículas extrañas en el formulado, lo que constituye un desvío de calidad incompatible con las normas vigentes.  

A raíz de estos reportes técnicos, el área de Cosmetovigilancia de la ANMAT inició una investigación exhaustiva para determinar la legitimidad y trazabilidad del lote involucrado. Se consultó la base de datos oficial de productos cosméticos inscriptos y se constató que el perfume en cuestión contaba con inscripción bajo el legajo del Laboratorio San José de Mancusso Hernán Leonardo, lo que en principio otorgaba un marco de legalidad a su comercialización.  

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Sin embargo, al tomar contacto con representantes del laboratorio, se obtuvo una declaración escrita en la que se aclaró que la firma no participó en la elaboración del lote 1469, pese a que su legajo figuraba en el rotulado del producto analizado. Esta situación fue interpretada como una usurpación del legajo habilitante, ya que la producción no se realizó en el establecimiento declarado ante la autoridad sanitaria, lo que constituye una irregularidad grave.  

Perfume prohibido: ANMAT ordenó retirar urgente el producto de una marca reconocida

En qué consiste la prohibición del perfume

En paralelo, el área técnica de la ANMAT se comunicó con la firma GRUPO LEDUFT S.A., titular de la inscripción del producto. La empresa reconoció que el lote cuestionado fue elaborado en una instancia inicial y de carácter experimental, en instalaciones ajenas al laboratorio habilitado. Además, admitió que algunas unidades salieron de su control interno antes de cumplir plenamente con los requisitos regulatorios, confirmando así que la producción se realizó fuera del marco normativo.  

Como consecuencia de estas irregularidades, el Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras del Instituto Nacional de Medicamentos fue instruido para supervisar el recupero inmediato de todas las unidades del lote prohibido. La empresa deberá presentar la documentación respaldatoria de dicha diligencia ante la ANMAT, conforme lo establece la resolución, garantizando que los productos sean retirados del mercado.  

Asimismo, la resolución instruye la apertura de un sumario sanitario contra GRUPO LEDUFT S.A., con domicilio en la ciudad de Córdoba, por presunto incumplimiento de la Ley N° 16.463 y de la Resolución N° 155/98. El objetivo de este procedimiento es determinar responsabilidades y aplicar eventuales sanciones por la elaboración y comercialización de productos cosméticos en condiciones irregulares.  

La decisión se fundamenta en la imposibilidad de garantizar la eficacia, seguridad y composición del producto, dado que fue elaborado en un establecimiento no habilitado y fuera del control de las autoridades sanitarias. En este sentido, la ANMAT subrayó que la falta de trazabilidad y supervisión compromete directamente la salud de los consumidores.  

El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la ANMAT recomendó la adopción de estas medidas preventivas para salvaguardar la salud de los potenciales usuarios. La recomendación se basó en la ausencia de garantías sobre la composición del lote y en el desconocimiento respecto a la presencia de ingredientes permitidos por la normativa vigente.  

Por otra parte, la resolución dispone que la prohibición y las acciones ordenadas sean comunicadas a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, así como a las autoridades sanitarias provinciales y a otros organismos competentes, entre ellos la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.  En este contexto, la ANMAT recordó que la cosmetovigilancia es una herramienta esencial para detectar irregularidades en productos de uso cotidiano y que su aplicación permite prevenir riesgos sanitarios antes de que se produzcan daños en la población.