La pregunta se repite cada diciembre y en 2025 no es la excepción: ¿el miércoles 24 de diciembre será feriado por Navidad en Argentina? La respuesta corta es no, pero con matices importantes que impactan de manera distinta según el sector laboral.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial en la madrugada del lunes, el Gobierno nacional confirmó el asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre de 2025, una medida que busca facilitar los traslados y preparativos familiares en la antesala de las fiestas.
No es feriado, pero habrá asueto: qué dice el decreto del Gobierno
El Decreto 883/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, establece asueto administrativo para el personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre.
La decisión se apoya en la Ley N.º 27.399, que fija como feriados nacionales inamovibles al 25 de diciembre y al 1.º de enero, y en el carácter “cultural, social y familiar” de estas celebraciones. Según el texto oficial, las vísperas son jornadas históricamente destinadas a los preparativos y desplazamientos necesarios para el encuentro familiar.
El decreto remarca que la medida no implica gasto adicional para el Estado y sostiene que contribuirá a dinamizar el turismo interno, al facilitar escapadas y movimientos dentro del país en fechas clave.
Quiénes no trabajan y quiénes sí el 24 de diciembre
El alcance de la medida es claro y limitado. El asueto alcanza únicamente al personal de la Administración Pública Nacional. Además, cada organismo deberá garantizar la continuidad de los servicios esenciales.
Quedan expresamente excluidos del asueto los bancos y entidades financieras, que deberán funcionar con normalidad. En estos sectores, el 24 de diciembre seguirá siendo un día laborable común.
Para los trabajadores estatales alcanzados por la medida, el beneficio es doble: al asueto del 24 se suma el feriado inamovible del 25, lo que genera dos días consecutivos sin actividad, con pago doble para quienes deban trabajar durante el feriado.
Qué pasa en el sector privado con el asueto del 24 de diciembre
En el ámbito privado, el panorama es distinto. El 24 de diciembre no es feriado ni día no laborable, por lo que cada empleador podrá decidir si concede o no el día libre.
Si una empresa opta por no trabajar, la jornada se paga de manera habitual, sin recargo alguno. En caso de trabajar, el pago será estándar, ya que la normativa vigente considera al 24 de diciembre un día laborable común.
Este esquema, que se repite año tras año, suele generar confusión y reclamos, especialmente cuando la medida alcanza solo al sector público.
