Ordenan al Gobierno a cumplir la emergencia en discapacidad o multarán funcionarios

Un juzgado federal le dio cinco días hábiles al Estado nacional para acreditar avances concretos en la implementación de la norma y advirtió que podría aplicar multas a funcionarios si no se cumple.

20 de enero, 2026 | 12.48

El Juzgado Federal de Campana –a cargo del magistrado, Adrián González Charvay– intimó al Estado nacional a acreditar en un plazo de cinco días hábiles avances concretos en la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, en el marco de un amparo colectivo que tramita por demoras en su cumplimiento. La causa tiene que ver con el recurso presentado contra el Ejecutivo y el Ministerio de Salud, que fue iniciado por un padre en representación de sus hijos. 

Según indicaron familiares de personas con discapacidad en un comunicado, a partir de este fallo el Estado deberá presentar “documentos reales” que acrediten el cumplimiento de la sentencia. En este sentido, el juzgado advirtió que ya no aceptará informes genéricos basados en “evaluaciones”, “análisis” o “proyectos”, sino en constancias concretas que demuestren avances efectivos.

Por su parte, tras la definición judicial, la actriz y madre de un chico con discapacidad, Valentina Bassi, sostuvo: "La ley se tiene que cumplir: si en 10 días hábiles no cumplen comenzarían las multas para los funcionarios", planteó en Instagram. 

La intimación de Charvay incluye un apercibimiento: en caso de incumplimiento, podrían aplicarse sanciones, entre ellas, multas a los responsables de su no aplicación. A esto se suma un dato técnico: aunque el Estado apeló la resolución, el recurso fue concedido con “efecto devolutivo”, lo que implica que la apelación no suspende la obligación de cumplir de manera inmediata con lo ordenado por el juez.

En el expediente N°44035/2025 intervienen también la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Asesora de Menores, lo que refuerza el carácter colectivo y el interés público del reclamo.

Qué debe presentar el Estado y fecha definitiva

Para que el cumplimiento sea considerado válido, la Justicia exige la presentación de una serie de medidas clave. Entre ellas, la resolución que actualiza los aranceles a los centros prestadores con vigencia desde enero de 2025; el plan de pago de la compensación adeudada; la apertura del plan ARCA para la refinanciación de deudas; y el decreto reglamentario de la Ley de Emergencia, que registra un retraso de tres meses.

El juzgado fijó además un plazo fatal para la plena ejecución de la ley. El 4 de febrero de 2026 la norma deberá encontrarse completamente operativa. Para esa fecha, no solo deberán existir trámites iniciados, sino que el sistema deberá estar en funcionamiento: decreto reglamentario publicado, aranceles liquidados y planes de pago habilitados.

Como parte del control judicial, una auditoría confirmó que el expediente administrativo EX-2026-554412-APN-DAJ#AND permanece en la repartición iniciadora desde el 3 de enero de 2026, un dato que refuerza la exigencia del juzgado para que el Estado acelere los tiempos administrativos. La resolución marca un nuevo capítulo en el conflicto judicial y pone al gobierno de Javier Milei frente a un cronograma estricto, con consecuencias personales para los funcionarios en caso de incumplimiento.