"Julieta Prandi no miente": los principales fundamentos de la condena a Contardi por su "plan de pánico y sometimiento"

Los jueces que analizaron la denuncia presentada por Julieta Prandi contra Claudio Contardi determinaron que no quedaron dudas del abuso sexual con acceso carnal sostenido en el tiempo. Se basaron en diferentes pruebas que, aseguraron, "son contundentes". Los fundamentos, uno por uno.

16 de agosto, 2025 | 17.52

El Tribunal Nº 2 de Campana condenó a 19 años de prisión a Claudio Contardi por los abusos y la violencia ejercida contra su expareja, Julieta Prandi, durante sus años de matrimonio. Según indicaron los jueces a cargo, fue hallado culpable del delito de "abuso sexual con acceso carnal, agravado por causar un grave daño a la salud mental" de la conductora, de forma reiterada. A pesar de que personajes como Nicolás Márquez -biógrafo de Javier Milei- pusieran en duda el relato, desde el Tribunal sostienen que este posee “lógica interna, coherencia, no es fantasioso ni exagerado” y que “es lineal, acorde a lo que reflejaba en su persona y en su psiquis”.

“De la prueba producida en el debate, no hay quedado dudas del hecho tal como fuera descripto por la acusación”, remarcaron los magistrados en el inicio del fallo al que pudo acceder El Destape. En esa línea sostuvieron que el relato de la modelo fue “contundente” respecto a lo padecido durante aquellos años y lo ocurrido quedó acreditado por testimonio de expertos como su psiquiatra, su psicóloga y autoridades, amigos y amigas y la familia. También remarcaron que Contardi realizó “un trabajo minucioso y diagramado a socavar la personalidad” de la denunciante y que “los abusos sexuales eran una parte más de su vida cotidiana, no el único tipo de violencia que padecía”. 

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El detallismo del relato de la víctima, que “se produjo de manera espontánea en un contexto de angustia, llanto y dolor” brindó aún más claridad a los hechos, al lugar donde ocurrieron, a las conductas sufridas y al agresor. “Los contundentes resultados de las pericias psicológicas y de los testimonios de los especialistas tratantes (...) dieron cuenta de que Julieta no miente”, añadieron. Y también coincidieron que el acusado -ahora condenado- planificó la separación de su familia “creando conflictos, calumnias y mentiras para alejarlos”. Tal como contó Julieta, estuvo sin hablar con ellos por cuatro o cinco años y dijo que “si la mataba, de última sólo la mataba a ella”.

“(El acusado) fue elaborando un entramado del cual cuando la víctima reaccionara, no iba a poder escapar. El cuadro fue tal que comenzó con padecimientos físicos y en su salud”, remarcaron. Y más allá de la separación, apuntan, los hostigamientos de índole económica y psicológica continuaron de forma reiterada. Situaciones que, al mismo tiempo, son confirmadas por testimonios de personas de diferentes ámbitos de la vida de Prandi.

Por su parte, la pericia psicológica realizada hace casi tres años por la especialista Bárbara Tomasich (NdR: observó un importante monto de angustia, mecanismos defensivos, ansiedad, indicadores consistentes con abuso y violencia de género, disociación y la existencia de una modalidad vincular de invalidación, decalificación humillación y control extremo) es considerada por el Tribunal como “un elemento que da cuenta del estado de la psiquis de la persona al momento de ser examinada, pero que bien puede ser prueba de que la víctima ha mantenido su relato” durante todo el proceso penal y que ahora, confirman la acusación.

Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión.

Mientras que, por último, en relación al descargo de Contardi, los magistrados señalan que “resulta poco creíble pensar que si todo era tan idílico ella se fuera sin motivo alguno, con sus hijos y que él ni siquiera se molestara y la dejara irse sin más”. Mientras que la frase “siempre que abusé de ella fue con consentimiento” por parte del imputado resonó desde el primer al último día en la sala.

Sobre el cierre, los jueces valoran como agravante la duración en el tiempo del hecho imputado y el grave daño a la salud psicofísica de la víctima. “Sí se hará lugar a la agravante que ha quedado ampliamente demostrada en el marco del debate del contexto de violencia de género en que ocurrieron los hechos” en relación a “la violencia psicológica, económica, intrafamiliar que fue llevando a la víctima a la cosificación quedando inmersa en una relación asimétrica de poder”.

El testimonio del psiquiatra de Prandi, clave para la condena

Desde el TOC 2 de Campana aseguraron que el testimonio del psiquiatra Rafael Herrera Milano fue clave para recopilar las pruebas y construir el relato cronológico de lo vivido por la víctima. El experto aseguró que Prandi sufría de ansiedad, insomnio y poseía flashbacks constantes de lo que había vivido; además le costaba concentrarse, la paralizaban noticias o películas relacionadas a secuestros o abusos y tenía sintomatología específica. “Le agarraban arcadas cuando recordaba los momentos en los que era violada, tenía sueños vívidos que hacían que se despertara y viviera la situación como si fuese actual”, declaró.

“Ella sintió que primero la secuestraron y después la violaron y la maltrataron hasta que no supiera ni cómo se llamaba y salió como pudo, porque tenía dos hijos”, relató Herrara Milano. Y añadió que le llamó la atención su mirada, que “tenía algo particular”, comparándola con la mirada de los excombatientes de Malvinas, cuando tratan con un trauma de guerra. “Para ella, dormir era ir a combatir, no sólo recordaba sino que revivía”, expresó. Una mirada apagada.

En relación a la sintomatología, el psiquiatra remarcó que poseía un “carácter formal, congruente y universal compatible con las situaciones vividas que relataba” y que existían “indicadores inequívocos de haber padecido situaciones de estrés crónicos, compatibles con hostigamiento sexual y violencia familiar sostenidos en el tiempo, acompañado por daño lacerante en su autoestima, agotamiento físico y psíquico”. Tanto es así que por los dolores y el sangrado tuvo que dejar de trabajar.

“Siempre mantuvo el relato, de forma continuada y lineal. Sin contradicciones ni interrupciones. No se observaron signos de simulación, ni inventó un síntoma que no existía ni buscó engañar con los trastornos. Un cuadro típico postraumático de trauma lacerante sin fabulación... Es como un rompecabezas que uno va armando y al principio no se ve bien la imagen”, detalló.

Por su parte, Claudia Crupi, su psicóloga, a la que asiste religiosamente desde hace años, dio más precisiones de lo vivido por su paciente: al momento de mantener el contacto con el ahora condenado por la tenencia de los niños (que luego la Justicia dispuso que no existiera tal acercamiento ni contacto), era “muy violento hasta por teléfono”. 

Al inicio de la terapia, se encontró con una persona muy frágil, con crisis de ansiedad y pesadillas, náuseas, arcadas y problemas respiratorios en determinados momentos. “Los síntomas observados son efectos de situaciones post traumáticas (amenazas, abusos, forcejeos) con el agravante terrible de que esto no es un hecho aislado que pasó una sola vez, sino que es un hecho reiterativo. Hay cosas que no se pueden inventar, detalles y situaciones que me estremecían. Hay evidencias emocionales y psíquicas de las situaciones relatadas... Vivió un proceso de llevar a una persona a la cosificación, transformar a un sujeto en objeto para satisfacer cuestiones económica, sexuales, sádicas, fantasías”, enumeró.

No es un arrebato de manera espontánea, impulsivo de un día, es un proceso, un plan, algo organizado y planificado donde se lleva a ese sujeto a un nivel de sometimiento, pánico y temor, generándole un sentimiento de amenaza constante”, sentenció Crupi.