Este 1° de mayo la agenda del mundo laboral en Argentina aparece atravesada por el empeoramiento de las condiciones de vida de quienes viven de su trabajo y vienen atravesando un largo derrotero de fragmentación, acompañado de la pérdida de más de 7,8 en el reparto de la riqueza generada en el país, y con ingresos que no les permiten a las familias trabajadoras cubrir el costo de vida básico, al punto de que crece la cantidad de horas trabajadas para sobrevivir. Este escenario, que se agravó con el correr de los últimos años, está atravesado -a su vez- por el impacto de la reforma laboral que el gobierno de Javier Milei aprobó en 2024: favorece el despido arbitrario, reemplaza indemnizaciones y elimina sanciones por no registración mientras facilita el despido por reclamar.
A poco de cumplirse un año de la aprobación de la llamada “Ley Bases” en el Congreso nacional, especialistas consultados por este medio coinciden en afirmar que la mayor flexibilización incluida en el capítulo IV de la norma, lejos de haber logrado -como fundamentaba el oficialismo y aliados- fomentar la creación de empleo registrado fue favorable, junto con otra serie de políticas de empleo, a una mayor inestabilidad de las contrataciones, precarización de las relaciones laborales y pérdida de poder de compra de los ingresos, con creciente heterogeneidad entre los sectores de la actividad.
¿Cómo se construye la dignidad del trabajo en un escenario donde el empobrecimiento de la clase trabajadora se vuelve más evidente? El interrogante cobra relevancia en un día a día donde pocos viven de un única fuente laboral mientras cada vez son más quienes deben insertarse en más trabajos para llegar a fin de mes (2,4 millones de personas tienen más de un empleo en el país), y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM) apenas toca los 296.800 pesos (alcanza solo al 58% de la canasta básica de alimentos que define la línea de indigencia). “El salario mínimo se ubicó en abril en un nivel real que es 44,1% más bajo que en noviembre de 2019, al final del gobierno de Cambiemos, y 57,3% menor que noviembre de 2015. Si el salario mínimo no hubiese perdido poder de compra a lo largo de este tiempo, estaría actualmente cerca de los 700.000 pesos” indicaron desde el centro CIFRA-CTA. Tras el nuevo fracaso del Consejo del Salario el pasado martes, la Secretaría de Trabajo nacional volverá ahora a determinar un aumento discrecional, probablemente como sucedió en 2024, en línea con el sector empresario.
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A este complejo panorama hay que sumar que la Comisión de Legislación Laboral de la Cámara de Diputados intenta avanzar en proyectos impulsados por el oficialismo y el radicalismo que profundizarían la reforma laboral y desfinanciarían a la representación gremial para “debilitar a la organización sindical” restringiendo los aportes de trabajadores no afiliados. A la par, el Fondo Monetario Internacional (FMI) insistió, tras el nuevo acuerdo de deuda con nuestro país, en que “con base en las reformas de la regulación laboral de 2024 para aumentar la flexibilidad, los esfuerzos se centrarán -en 2025- en incentivar la adhesión de empresas y trabajadores”.
Amenaza: despido sin causa ni indemnización
Vía el Decreto 847/2024 el gobierno nacional reglamentó en su primer año de gestión la reforma laboral contenida en el capítulo IV de la “Ley Bases”. Entre los cambios centrales aparecen: “blanqueo” laboral mediante la condonación de deudas de empleadores, extensión del periodo de prueba, nuevo sistema de indemnizaciones, régimen para trabajadores “independientes” y despidos por “bloqueos” en lugares de trabajo. En primer lugar, sobre el inicio y fin de una relación laboral, por un lado, el periodo de prueba se amplió de 3 a 6 meses y con extensión a un año en determinadas situaciones, mientras que en el caso de las indemnizaciones se incentiva el reemplazo por un fondo de cese laboral por el que los plazos y condiciones pasan a depender de la negociación colectiva, sin ningún piso mínimo ni intervención estatal que asegure el cumplimiento del derecho constitucional contra el despido arbitrario.
¿Cómo impactaron estos cambios en el mundo del trabajo? Si bien los datos disponibles remiten, al momento, al último semestre del año pasado y primer mes de este año “todos los indicios confirman las hipótesis que teníamos en su momento: la sanción de la ley no va a fomentar un aumento del empleo registrado en el sector privado, cuya variación estará más ligada a la dinámica de la actividad económica y al comportamiento de los sectores mano de obra intensivos”, reflexionó en diálogo con este medio Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación (IET- CTA Autónoma).
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En números: entre julio de 2024 y enero de 2025 el empleo registrado en el sector privado creció apenas 0,2%. “Esto no solo es insuficiente para acompañar el crecimiento vegetativo de la población (levemente inferior al 1% anual), sino que además compara contra el piso al que se llegó luego de la caída iniciada en septiembre de 2023”, detalló. Si bien en los últimos meses del año la actividad mostró mayor dinamismo, “en términos generales el empleo no se enteró de esa recuperación”.
En cuanto a la desocupación, creció 0,7 puntos porcentuales (de 5,7% a 6,4%), lo que equivale a 170.000 personas desocupadas más en un año. Es importante señalar el peso de los nuevos desocupados dentro de esa población: “el porcentaje de personas sin empleo que tenían una ocupación previa creció del 74,2% al 79,2%, con un aumento significativo de quienes provienen del sector público”, indicó un informe del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPYPP).
“Como evaluación general, la implementación de la "Ley Bases", al menos, fracasó en sus objetivos, que eran acompañar la supuesta expansión de la economía en 2024 con un crecimiento del empleo, cosa que no ocurrió. Más bien estamos en un cuadro de estancamiento. Sin embargo, si bien tuvo baja incidencia directa en las relaciones laborales, existió alta incidencia indirecta. Es decir, funcionó más el mensaje de flexibilización que las medidas propiamente. ¿Por qué? Primero proponía la implementación del Fondo de Cese para reducir los costos del despido, promover o flexibilizar el despido y la contratación, y objetivamente no fue implementado en ningún convenio colectivo. Ahora bien, aunque no podemos medirlo cuantitativamente, el mensaje hacia el sector privado, -con expectativa de que el despido se abarate- se asentó en otra medida, que es la quita de las sanciones o multas por trabajo no registrado. El mensaje es que en el futuro despedir podría ser más barato pero, además, contratar trabajadores de manera no registrada no tiene sanciones. Esto podría significar un cambio de paradigma en las relaciones laborales en Argentina”, analizó al respecto el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano.
Los datos muestran que en las contrataciones disminuyó el peso de los asalariados (de 73,7% a 72,3%), mientras aumentó la proporción de trabajadores por cuentapropia (de 22,6% a 23,8%). Esto significó la pérdida de más de 166.000 empleos asalariados, compensada por un aumento de 284.000 en modalidades independientes. A su vez, dentro de los asalariados, creció la informalidad (de 35,7% a 36,1%). “No se trata de un crecimiento del trabajo independiente como opción voluntaria, sino de una estrategia de supervivencia ante la falta de alternativas en el mercado laboral. Este deterioro en la calidad del empleo, si bien es un proceso de larga data, se aceleró en el último año, como lo evidencia el aumento de la subocupación”, señalaron desde el IPYPP.
Nuevo orden: legalizar la informalidad
“Las reformas aplicadas hasta acá (principalmente la eliminación de multas a la falta de registro, la habilitación del régimen de ‘trabajadores independientes con colaboradores’ y la legalización el despido discriminatorio -en general y de delegados en particular) generan un desincentivo claro a la registración. Si no hay costos por el trabajo precario, los incentivos a establecer una relación laboral de largo plazo y con derechos se reducen”, dijo a El Destape el economista Juan Graña y agregó que lo anterior se agrava con “un programa económico que castiga a los sectores más demandantes de empleo urbano: industria, construcción y comercio”.
En ese sentido, la figura del “trabajador independiente”, reconoce la posibilidad de que exista un trabajador (monotributista o autónomo) con hasta tres trabajadores “colaboradores” sin que se considere que existe relación de dependencia entre ellos.
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En el último caso, datos aportados por el Centro de Capacitación y Estudios sobre el Trabajo y el Desarrollo (CETyD) de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) advierten que el 55% de los asalariados informales se desempeñan en unidades productivas que tienen entre uno y cinco empleados, esto quiere decir que “la reforma no combate la informalidad la legaliza ya que, en vez de formalizarlos, permite que los contraten como monotributistas”. Según el centro de estudios coordinado por Matías Maito, “el camino no sería el tradicional, que implica encuadrarlos correctamente bajo una relación de dependencia y reconocerles el conjunto de derechos que son propios de esa relación (salario definido por paritarias, protección contra el despido arbitrario, aguinaldo, licencias, vacaciones pagas, etc.) por el contrario, se considera que un trabajador está correctamente registrado si, en lugar de percibir un recibo de sueldo, todos los meses emite su factura como monotributista”.
A esto se suma la realidad del pluriempleo. Según datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) procesados por el IPYPP, “en Argentina 2,4 millones de personas tienen más de un empleo, tendencia que crece desde 2016 -excepto en pandemia- y tocó un nivel récord en 2024”. Según el centro que coordina Claudio Lazano, “se trata de la contracara del deterioro significativo de los salarios” y evidencia como “el trabajo de apropia de nuestro tiempo de vida. Es una reforma implícita que impone modalidades flexibles y precarias y normaliza jornadas extenuantes”. En detalle, en el grupo de pluriempleados el tiempo dedicado al trabajo asciende a 16,8hs diarias, y en 2024 quienes aumentaron sus jornada laboral en un 61,3% apenas vieron crecer sus ingresos en 40%.
Proponen considerar en ese sentido la figura del “recolector de ingresos”, un trabajador o trabajadora argentina que, como puede, encadena ocupaciones y despliega todo tipo de estrategias para tratar de sobrevivir.
Criminalizar la protesta: los despidos arbitrarios
Un quinto punto de la reforma laboral establece como causal de despido medidas o acciones realizadas ante conflictos laborales. Es decir, se habilita el despido con causa si un trabajador participa en “bloqueos” en estallamientos.
“Un artículo de la ‘Ley Bases’, que está articulado con otras políticas del gobierno nacional, es la posibilidad de despedir a delegados por medidas de protesta, sumado al protocolo antibloqueo del Ministerio de Seguridad que buscan inhibir el derecho a huelga. En un campo más amplio de movilización, se pueden pensar en conjunto con lo que sucede con el protocolo antipiquete para las organizaciones sociales y sindicales. Un ejemplo concreto es lo ocurrido días atrás cuando el sindicato de Peajes hizo un paro por el despido de 500 personas y como represalia el gobierno despidió a 117 trabajadores por protestar”, señaló la directora del Observatorio de Protesta Social, Ana Natalucci, y alertó sobre la reactivación de causas contra delegados y dirigentes sindicales.
La investigadora consideró que lo anterior es particularmente grave en un escenario de crisis económica donde se suceden suspensiones, despidos y pérdida del poder adquisitivo de las familias. “Hay un proceso de deslaborización, y la estocada final es atacar el derecho a huelga, porque ahí ya no queda margen para la resistencia”, agregó.
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En coincidencia, Campos sumó que “donde sí parece haber tenido impacto es en materia de despidos discriminatorios. Trabajadores de empresas como Schell, Volkswagen, Pilkington y Praxair (todas multinacionales) denunciaron estos meses que hubo despidos discriminatorios de activistas sindicales, a la luz del cambio normativo que avala esta práctica (la hace más cara, pero dificulta los reclamos por reinstalación)”.
Juan Ottaviano, por su parte, analizó que “es posible identificar un mensaje disciplinador muy claro sobre la actividad sindical en los lugares de trabajo, sobre todo en términos salariales y de la negociación colectiva, dado que además se conjugó con un techo a las paritarias del 1%, implementado por el Ministerio de Economía, desde la mitad de 2024”. Al respecto, si bien desde el gobierno nacional destacaron en estos días la mejora salarial registrada en los salarios privados registrados (según el SIPA) el investigador del CETyD explicó que “lo que se observa es que los trabajadores no están cobrando más porque hayan aumentado sustancialmente sus salarios, dado que las paritarias efectivamente están pisadas. Por el contrario, sus ingresos se incrementaron porque están trabajando horas extra (crecieron 5,1%)”.
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Finalmente el nuevo acuerdo de deuda con el FMI implica, según el Staff Report, “profundizar las reformas estructurales” y “fortalecer la flexibilidad del mercado laboral y de productos”. Sobre ello Juan Graña subrayó que “la reducción de la cobertura de la negociación colectiva y la individualización del contrato laboral son objetivos tradicionalmente buscados por reformas impulsadas por el FMI. Experiencias previas, en Argentina y el mundo, muestran que el camino elegido por el gobierno está en las antípodas de lo que se necesita para lograr un mercado laboral más dinámico y con derechos para todos los trabajadores”, cerró.