ARCA confirmó una importante prórroga: ¿Quiénes son los beneficiados?

La ex AFIP oficializó importantes medidas fiscales. Conocé cómo beneficiará a los contribuyentes y los sectores afectados.

11 de abril, 2025 | 04.45

El trágico temporal que golpeó Bahía Blanca el pasado 7 de marzo dejó no solo un impacto material y humano significativo, sino también secuelas económicas considerables que afectaron el funcionamiento de diversas actividades productivas en la región. Ante esta situación excepcional, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tomó medidas fiscales para mitigar las consecuencias financieras derivadas del desastre.

La Resolución General 5671/2025, publicada en el Boletín Oficial, con la firma de su director ejecutivo, Juan Alberto Pazo, establece medidas especiales para los contribuyentes con domicilio fiscal en Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri. Se otorgó un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, con una prórroga diferenciada según la terminación de CUIT para personas jurídicas, personas humanas y sucesiones indivisas.

Además, por la determinación de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se suspendieron temporalmente intimaciones y acciones judiciales por parte del fisco, se excluyó transitoriamente de los planes de pago del proceso de caducidad y se estableció un mecanismo de acreditación especial para aquellos contribuyentes no previamente caracterizados.

Los beneficiarios de estas medidas son las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) con el Certificado MiPyME vigente, las personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas como pequeños contribuyentes dentro del Sistema Registral de ARCA, las entidades sin fines de lucro como asociaciones, fundaciones, cooperativas y mutuales, así como organismos públicos, universidades y contribuyentes del sector salud que cumplan con los requisitos establecidos.

Las fechas límites para la presentación de las declaraciones del impuesto a las ganancias:

Personas jurídicas con cierres de ejercicio entre octubre de 2024 y febrero de 2025:

  • CUIT terminados en 0-1-2-3: hasta el 13 de agosto de 2025.
  • CUIT terminados en 4-5-6: hasta el 14 de agosto de 2025.
  • CUIT terminados en 7-8-9: hasta el 18 de agosto de 2025.

Personas humanas y sucesiones indivisas correspondiente al período fiscal 2024:

  • CUIT terminados en 0-1-2-3: hasta el 15 de septiembre de 2025.
  • CUIT terminados en 4-5-6: hasta el 16 de septiembre de 2025.
  • CUIT terminados en 7-8-9: hasta el 17 de septiembre de 2025.

Es importante tener en cuenta que los contribuyentes comprendidos en estas medidas serán caracterizados por ARCA en el Sistema Registral con el código "616 - Emergencia por inundaciones - Bahía Blanca", el cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.

Aquellas personas que consideren que fueron alcanzadas por la emergencia, pero no cuenten con la caracterización correspondiente, podrán presentar su solicitud hasta el 30 de mayo de 2025, a través del servicio "Presentaciones Digitales" de ARCA. Deberán seleccionar el trámite "Zona de Emergencia - Acreditación" y presentar documentación que acredite que al menos el 70% de sus ingresos brutos durante el período del 1 de marzo de 2024 al 28 de febrero de 2025 provinieron de actividades desarrolladas en las zonas afectadas.

ARCA extendió el plazo declarar ganancias en Bahía Blanca.