La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece límites mensuales de movimientos para las personas, ya sea a través de bancos o billeteras virtuales. Y ante el uso cada vez más frecuente de las entidades virtuales, hay que estar atentos a los montos que fija el ente para diciembre del 2025 para no tener problemas.
Cabe señalar que en caso de recibir o emitir transferencias por altos montos y no poder demostrar su origen, la ex AFIP puede intervenir con investigaciones y medidas que incluyen desde multas hasta bloqueos temporales de cuentas, o incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para indagar posible lavado de dinero.
De esta manera, ARCA actualizó los topes que determinan cuándo deben monitorearse las transferencias bancarias y virtuales. Esta actualización es automática y semestral, basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), conforme a la Resolución General 5512/2024.
De cuánto son los nuevos límites para las transferencias en octubre:
- Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
- Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
- Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
Si se exceden esos límites en diciembre del 2025, los bancos y proveedores de servicios de pago están obligados a notificar la situación a la ex AFIP y a partir de esa comunicación, el organismo puede generar avisos internos y requerir una revisión más exhaustiva de las transacciones involucradas.
