ARCA introdujo cambios importantes en el régimen de Ganancias

La ex AFIP implementa modificaciones para quienes pagan Ganancias. Descubrí cuáles son y cómo te afectan.

02 de mayo, 2025 | 04.05

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció cambios en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. Estas modificaciones afectarán tanto a los agentes de retención como a los contribuyentes.

Entre las novedades, se realizó una adecuación del régimen de anticipos, lo cual implicó una reducción del número de pagos anuales para las empresas, quedando en nueve pagos anuales. Además, se actualizaron las bases de cálculo a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se modificó el porcentaje aplicable a cada anticipo, que pasó a ser del 11,11%.

También se implementó un procedimiento excepcional para calcular los anticipos en el período fiscal 2025, tanto para personas humanas como para sucesiones indivisas. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General Nº 5685/2025.

Según esta resolución, para calcular los anticipos, se debe tener en cuenta el resultado neto del período fiscal anterior, antes de realizar las deducciones personales, y actualizarlo mediante el IPC entre julio y diciembre del año previo. Además, se actualizarán las deducciones personales, los tramos de la escala de impuesto y los computables, también aplicando el mismo índice.

En cuanto a la liquidación anual, la Resolución General 5683/2025 introduce modificaciones con el objetivo de modernizar el régimen, simplificar el cumplimiento y adecuar los parámetros patrimoniales

Una de las novedades es que, cuando el empleador no realiza la retención total del impuesto, ya sea por error u omisión, el beneficiario puede ingresar el saldo no retenido mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscribirse ni presentar la determinación anual del impuesto. Esta alternativa representa una simplificación importante para los empleados, aunque controlar las retenciones del impuesto puede resultar complejo.

¿Qué otras modificaciones realizó ARCA sobre el Impuesto a las Ganancias?

La ex AFIP también estableció una actualización del umbral para presentar la declaración jurada de bienes personales de forma obligatoria. A partir de ahora, los beneficiarios de rentas brutas gravadas, exentas y no gravadas iguales o superiores a $150.000.000 deben presentar la declaración jurada informativa de bienes personales al 31 de diciembre de cada año. Este monto se ajustará anualmente según el IPC.

Aquellas personas que han adherido al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) quedan exentas de presentar la declaración jurada informativa del impuesto sobre los bienes personales entre los períodos fiscales 2024 y 2027.

La liquidación anual correspondiente al período fiscal 2024 se puede presentar hasta el 9 de mayo de 2025. El impuesto a ingresar o reintegrar se aplicará con el primer pago posterior al 30 de abril, o en los subsiguientes si fuera necesario durante el mes de mayo.

Uno por uno los cambios en el Impuesto a las Ganancias.