Para este fin de año, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció dos importantes cambios para los contribuyentes. Será obligatorio el IVA Simple y se modificará la Factura A.
Estas medidas implementadas por la ex AFIP repercuten directamente en la presentación de la declaración jurada del IVA y en los trámites de autorización para emitir facturas.
Por un lado, a partir de diciembre será obligatoria la presentación del IVA Simple en la declaración jurada, algo que hasta este momento era opcional. Esto fue publicado en el Decreto 353/25.
Actualmente, el Portal IVA contiene la información que posee ARCA, relacionada con las facturas electrónicas emitidas por los contribuyentes y por sus proveedores. Desde ahí, surge la posibilidad de emitir la declaración jurada del tributo y el libro de IVA digital.
Existen cuatro tipos de formularios para generar la declaración impositiva del IVA, pero serán unificados y los responsables inscriptos en el impuesto, deberán cumplir con un procedimiento electrónico simple, integral y asistido para la determinación del impuesto al valor agregado.
Esta deberá efectuarse a través del servicio denominado “Portal IVA”, que se encuentra disponible en el sitio web de ARCA completando los módulos "Registración Electrónica de Operaciones" y "Determinación del impuesto y del saldo resultante".
ARCA eliminó las facturas "M"
Por el otro lado, la ex AFIP definió la supresión de las facturas de clase "M", algo que quedó plasmado en la Resolución General 5762/2025, publicada en el Boletín Oficial. Esta factura era un tipo de comprobante provisorio para contribuyentes con inconsistencias fiscales que les impedía emitir facturas "A". El receptor debía retener el 100 por ciento del IVA y el 6 por ciento de Ganancias.
En su reemplazo, la nueva norma establece que quienes no acrediten solvencia patrimonial suficiente, pero cumplan con el resto de los requisitos, podrán optar por emitir facturas clase “A” con la leyenda “pago en CBU informada”, las cuales no estarán sujetas a retenciones.
En cambio, en los casos donde antes correspondía habilitación “M”, ARCA otorgará automáticamente la habilitación clase “A” con la leyenda "operación sujeta a retención". Otro dato es que éstas facturas conservarán la misma codificación y continuidad en la numeración que las “M”, salvo que se habilite un nuevo punto de venta.
También la ex AFIP introdujo un sistema de evaluación cuatrimestral del comportamiento fiscal, con instancias preventivas que permiten a los contribuyentes anticiparse y corregir irregularidades.
