ARCA modificó el régimen de prestadores de servicios a personas con discapacidad

La ex AFIP lanzó un plan para regularizar deudas tributarias y de seguridad social con condonación de multas e intereses. 

18 de marzo, 2026 | 04.15

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un régimen especial de facilidades de pago destinado a prestadores de servicios para personas con discapacidad, en el marco de la Ley 27.793. Este plan permite regularizar deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025 en materia tributaria, aduanera y de seguridad social.

Entre los beneficios más destacados se encuentran la condonación de multas, sanciones e intereses resarcitorios y punitorios, además de que no exige un pago a cuenta para adherirse. La cancelación de los montos adeudados puede realizarse en hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un importe mínimo de 50.000 pesos, salvo cuando el total consolidado sea inferior a esa cifra.

La tasa de financiación aplicable corresponde al 50% del interés resarcitorio vigente, que actualmente es del 1,37% mensual. La normativa contempla una condonación total del 100% de los intereses si el plan se presenta en los primeros tres meses desde la apertura del régimen, y una condonación del 50% durante los tres meses siguientes.

Además, se instrumenta la condonación de multas y sanciones por incumplimientos en obligaciones formales que no estén firmes ni abonadas, siempre que se cumpla con el respectivo deber antes del 17 de septiembre de 2026. Esta medida responde al Decreto 84/2026, que reglamenta la ley de Emergencia en Discapacidad y busca garantizar la continuidad de estos servicios esenciales regulados por la Ley N° 24.901.

Cómo adherir al plan de pagos de ARCA

Para adherirse, los prestadores incluidos serán identificados y caracterizados por la Secretaría Nacional de Discapacidad del Ministerio de Salud, que remitirá la información a ARCA. Luego, los contribuyentes deberán ingresar al servicio “Mis Facilidades” en la página oficial del organismo, seleccionar la opción “Ley N° 27.793 - Emergencia Nacional en Discapacidad” y gestionar las obligaciones a regularizar.

En ese portal, podrán modificar, eliminar o incorporar obligaciones, elegir el tipo de plan de pago según corresponda y seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) para el débito automático. El plazo para adherirse se extiende hasta el 17 de septiembre de 2026, inclusive.

El plan admite hasta 60 cuotas mensuales, con vencimiento el día 16 de cada mes, iniciando al mes siguiente de la consolidación del plan. El importe mínimo por cuota es de 50.000 pesos, y la tasa de interés aplicada es la mitad de la tasa resarcitoria vigente. La condonación de intereses es del 100% entre el 17 de marzo y el 16 de junio de 2026, y del 50% entre el 17 de junio y el 17 de septiembre de 2026.

Todos los detalles para inscribirse en el régimen.