La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) envió un ultimátum a los monotributistas para que no se queden afuera del Régimen. En Argentina cada vez son más los trabajadores que ingresan en este sistema ante la caída del empleo formal.
Es importante tener en cuenta que para mantenerse dentro y conservar la obra social y los aportes previsionales hay que cumplir una serie de requisitos impuestos por la ex AFIP.
El principal motivo de sanción y hasta expulsión por parte de ARCA es que los contribuyentes no abonen sus cuotas mensuales en tiempo y forma. Un atraso en un pago genera intereses pero si se acumulan diez períodos consecutivos de deuda, se produce la baja automática del régimen.
Cabe señalar que los monotributistas tienen tiempo hasta este lunes 20 (inclusive) para regularizar la cuota mensual de octubre. Todos los 20 de cada mes, es la ficha límite impuesta por ARCA. En caso de que sea feriado o fin de semana, se pasa al siguiente día hábil.
Otra cuestión a la que todos los monotributistas deben prestar mucha atención es a mantener actualizados los datos personales en el portal oficial del fisco argentino, así como la categoría a la que pertenecen según sus ingresos y en caso de tener variaciones en la facturación, realizar la recategorización.
Esto es vital, ya que cuando se superan los límites máximos de impuestos del régimen, cuando los gastos realizados no coinciden con los ingresos declarados y no se justifican correctamente, o cuando los precios unitarios de venta de bienes superan los valores permitidos pueden llevar a la baja del sistema.
Quienes queden excluidos de régimen del Monotributo por falta de pago no podrán volver a adherirse al sistema hasta que transcurran tres años calendario desde la fecha de expulsión del mismo.
Cuáles son requisitos para acceder al monotributo de ARCA
- No desarrollar más de tres actividades simultáneas ni contar con más de tres unidades de explotación.
- En caso de venta de bienes muebles, el precio máximo por unidad no puede superar los $385.000.
- No haber realizado importaciones de bienes muebles o servicios para su reventa durante los últimos doce meses del año calendario.
- No superar los $68.000.000 de ingresos brutos anuales.
- En los últimos doce meses, calendario previos a la adhesión, no exceder los límites establecidos para magnitudes físicas ni los alquileres devengados que determinan la categoría y el impuesto integrado correspondiente.