Cuál es la medida de ARCA si recibo muchas transferencias durante agosto

La ex AFIP modificó los montos por los cuales el fisco puede investigar las cuentas. 

28 de agosto, 2025 | 04.45

Con la llegada de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se produjeron varios cambios respecto de las transferencias y los límites y es importante saber cuáles son los montos permitidos en agosto para no tener problemas con el fisco.

Recientemente, la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió cambios en los valores a partir de los cuales los bancos pueden informar a la entidad nacional.

En ese sentido, los umbrales de operación se ampliaron considerablemente. Por ejemplo, el umbral para las transferencias hacia billeteras virtuales pasó de $2.000.000 a $50.000.000.

De todas maneras, si ARCA sospecha que hay una actividad comercial, pueden intimar al contribuyente y aplicar distintas sanciones, según la gravedad de la falta cometida.

Además, hay que tener presente que tanto los bancos como las billeteras virtuales se encuentran obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). 

En esos casos pueden pedir una justificación sobre el origen de los fondos como boletas de compra y venta, documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa, recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios, facturación de los últimos meses, entre otras.

Cuáles son los límites para las transferencias en agosto del 2025

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

ARCA amplió los límites para las transferencias.