La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias, previendo una reducción del número de anticipos para empresas a nueve pagos anuales; una actualización de las bases de cálculo mediante la inflación, una modificación a 11,11% de los porcentajes aplicables a cada anticipo y la implementación de un procedimiento excepcional para calcularlos en el período fiscal 2025 tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas. La medida se implementó a través de la Resolución General Nº 5685/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
¿Cómo es el nuevo esquema de anticipos para sociedades?
Las empresas y entidades comprendidas en el artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias deberán ingresar nueve anticipos anuales, calculados sobre la base de un porcentaje fijo del impuesto determinado, equivalente a 11,11% cada uno.
¿Cómo se calculan las bases de cálculo de las personas humanas y sucesiones indivisas?
Para calcular los anticipos, se deberá considerar el resultado neto del período fiscal anterior, antes de deducciones personales, actualizado por el IPC entre julio y diciembre del año previo. También se actualizarán las deducciones personales, los tramos de la escala de impuesto y los computables aplicando el mismo índice.
Excepcionalmente, en el 2025 la actualización por IPC será entre los meses de septiembre y diciembre del año anterior.
¿Cómo se aplica la vigencia?
Con respecto a las sociedades, las modificaciones serán aplicables para ejercicios comerciales que cierren a partir de diciembre 2025. En tanto, para las personas humanas se deberá tener en cuenta el período fiscal 2026 (aplicándose excepcionalmente el nuevo procedimiento para el período fiscal 2025).
ARCA: Cuánto dinero se transferir en abril 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, mantiene bajo monitoreo determinadas operaciones financieras durante abril. En particular, pueden quedar sujetas a revisión las transferencias que superen los $600.000 y los saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000 en cuentas bancarias.
También se presta especial atención al uso de billeteras virtuales cuando las operaciones acumuladas superan los $2.000.000. Aunque estos movimientos no están prohibidos, podrían requerir justificaciones formales en caso de ser observados por el organismo.
Estos límites forman parte de una estrategia más amplia del Estado para prevenir la evasión fiscal, el lavado de activos y otras maniobras financieras irregulares. ARCA apunta a garantizar que los movimientos de dinero estén debidamente justificados desde el punto de vista fiscal y legal.