Los empleados de comercio percibirán en agosto un nuevo incremento salarial luego del acuerdo alcanzado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresarias del sector. La actualización forma parte de la negociación paritaria para el trimestre julio-septiembre de 2026 e incluye aumentos escalonados sobre los salarios básicos, además del pago de una suma fija extraordinaria.
El entendimiento fue suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y FAECyS, y tendrá vigencia desde el 1° de julio de 2026.
Cómo es el aumento para empleados de comercio
El acuerdo establece una recomposición salarial total del 5,7%, que se aplicará en tres tramos consecutivos del 1,9% cada uno sobre las escalas básicas vigentes al mes de junio de 2026, incluyendo las sumas no remunerativas existentes a esa fecha.
El cronograma quedó definido de la siguiente manera:
- 1,9% desde julio de 2026 (se cobra en agosto).
- 1,9% desde agosto de 2026 (se cobra en septiembre).
- 1,9% desde septiembre de 2026 (se cobra en octubre).
Además, las partes acordaron otorgar una asignación extraordinaria no remunerativa de $50.000, que será abonada en dos cuotas:
- $25.000 con los haberes de julio, que se perciben en agosto.
- $25.000 con los haberes de agosto, que se cobran en septiembre.
También se resolvió postergar la incorporación de la suma fija no remunerativa de $120.000 a los salarios básicos. Ese monto se incorporará de manera gradual entre diciembre de 2026 y mayo de 2027, en seis cuotas mensuales de $20.000.
Cuánto cobran los empleados de comercio en agosto de 2026
Con el incremento del 1,9% correspondiente a julio y la suma fija extraordinaria de $25.000, los salarios básicos estimados que se abonarán en agosto serán los siguientes:
Personal de Maestranza
- Categoría A: $1.282.023
- Categoría B: $1.285.293
- Categoría C: $1.296.750
Personal Administrativo
- Categoría A: $1.294.297
- Categoría B: $1.299.212
- Categoría C: $1.304.120
- Categoría D: $1.318.853
- Categoría E: $1.331.128
- Categoría F: $1.349.134
Cajeros
- Categoría A: $1.298.389
- Categoría B: $1.304.120
- Categoría C: $1.311.486
Personal Auxiliar
- Categoría A: $1.298.389
- Categoría B: $1.306.572
- Categoría C: $1.333.583
Auxiliar Especializado
- Categoría A: $1.308.213
- Categoría B: $1.322.944
Vendedores
- Categoría A: $1.298.389
- Categoría B: $1.322.947
- Categoría C: $1.331.128
- Categoría D: $1.349.134
Estos valores corresponden a los salarios básicos estimados y no incluyen adicionales como antigüedad, presentismo u otros conceptos previstos en el convenio colectivo.
Qué otros puntos incluye el acuerdo
Las partes también acordaron volver a reunirse durante octubre de 2026 para analizar la evolución de la inflación y evaluar una nueva actualización salarial si las condiciones económicas así lo requieren.
En paralelo, continúa vigente el aporte sindical solidario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. La Secretaría de Trabajo confirmó que la retención debe seguir aplicándose mientras permanezca vigente la medida cautelar vinculada con la Ley de Modernización Laboral.
De esta manera, los empleados mercantiles percibirán en agosto una mejora en sus ingresos producto de la combinación del incremento paritario del 1,9% y el pago de la primera cuota de la asignación extraordinaria de $25.000, mientras el esquema de recomposición continuará durante los meses siguientes.
