Un fallo histórico de la ONU deja tambaleando a la reforma laboral de Milei por el derecho a huelga

La Corte Internacional de Justicia, máximo tribunal de Naciones Unidas, emitió este jueves una opinión consultiva histórica en la que concluyó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.

21 de mayo, 2026 | 13.01

La Corte Internacional de Justicia de la ONU ratificó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La resolución consolida años de antecedentes de organismos internacionales y refuerza uno de los derechos centrales de los trabajadores a nivel global.

Qué dice el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre el derecho a huelga

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo tribunal de Naciones Unidas, emitió este jueves una opinión consultiva histórica en la que concluyó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el tratado internacional sobre libertad sindical adoptado en 1948. El pronunciamiento responde a una consulta formal realizada por la propia OIT en medio de una larga disputa entre representantes sindicales y empresariales sobre si el convenio reconocía explícitamente ese derecho.

La CIJ sostuvo que, aunque el Convenio 87 no menciona expresamente la palabra “huelga”, la protección surge de la interpretación integral del tratado, especialmente de los artículos vinculados a la libertad de asociación y a la facultad de los sindicatos de organizar sus actividades y programas.

Según el tribunal, el derecho de huelga puede encuadrarse dentro de las “actividades” legítimas de las organizaciones sindicales y forma parte de la defensa de los intereses de los trabajadores. La Corte concluyó que: “La protección del derecho a huelga está comprendida dentro de la protección de la libertad sindical prevista por el Convenio 87”.

Sin embargo, el tribunal aclaró que su decisión no define el contenido exacto del derecho, ni sus límites o modalidades de ejercicio, cuestiones que continúan bajo regulación de las legislaciones nacionales y de otros mecanismos de la OIT.

El origen del conflicto

La disputa dentro de la OIT llevaba más de una década y enfrentaba principalmente a los representantes de los trabajadores y de los empleadores. Desde 2012, el conflicto derivó en una “crisis institucional” dentro del organismo internacional. El sector empresario cuestionó que los órganos técnicos de la OIT interpretaran que el Convenio 87 incluía el derecho a huelga, argumentando que solo la Corte Internacional de Justicia podía hacer una interpretación auténtica del tratado.

Los sindicatos, en cambio, defendían la postura histórica de los expertos de la OIT, que desde hacía décadas consideraban a la huelga como una herramienta esencial de la libertad sindical. Ante la falta de acuerdo interno, el Consejo de Administración de la OIT decidió elevar formalmente la consulta a la CIJ en noviembre de 2023.

El fallo tiene un fuerte peso político y jurídico porque consolida, al máximo nivel del derecho internacional, el reconocimiento del derecho a huelga como parte de la libertad sindical. La Corte también destacó que distintos sistemas regionales de derechos humanos —europeo, interamericano y africano— ya reconocen de manera consistente el derecho a huelga como derivación de la libertad de asociación.

Aunque la opinión consultiva no tiene el mismo carácter obligatorio que una sentencia entre Estados, sí fija un criterio interpretativo de enorme autoridad para tribunales nacionales, organismos internacionales y futuras discusiones laborales en todo el mundo.